Juguetes. Directiva 2009/48/CE

Ámbito de aplicación y exclusión:

Dentro del ámbito de aplicación de la Directiva 2009/48/CE sobre juguetes, será aplicable a todos aquellos productos diseñados o previstos, exclusivamente o no, para ser utilizados con fines de juego para niños menores de catorce años. 

Así mismo, establece en el apartado segundo del citado artículo que no se aplicará a los siguientes juguetes:

  • Equipo de terrenos de juego destinados a un uso público
  • Máquinas de juego automáticas, funcionen o no con moneda, destinadas a un uso público.
  • Vehículos de juguete equipados con motores de combustión.
  • Motores de vapor de juguete.
  • Hondas y tirachinas.

Además puede consultarse el anexo I de esta directiva donde se hace un análisis más detallado de aquellos productos que no se consideran juguetes pero que podrían confundirse con ellos. La lista no es exhaustiva, pero no debe entenderse que porque un producto no este incorporado en esta lista ya sea un juguete.

En la página de la Comisión Europea, puede encontrarse un listado de documentos interpretativos sobre la aplicación de la Directiva a ciertos productos.

Esta Directiva 2009/48/CE establece las normas de seguridad de los juguetes y la libre circulación de éstos, en la Comunidad Europea. Determina con este fin cuales son las obligaciones de los agentes económicos involucrados en la comercialización de estos juguetes, siendo en su mayor medida dirigidas al fabricante.

Vinculación con otra normativa:

  • Relación con el Reglamento delegado (UE) 2019/945 sobre los sistemas de aeronaves no tripuladas y los operadores de terceros países de sistemas de aeronaves no tripuladas:

Respecto de los SANT de categoría abierta o específica conforme a una declaración operacional, la evaluación de conformidad del producto basada en el aseguramiento de la calidad total no podrá realizarse cuando se trate de un juguete.

  • Relación con la Directiva 2006/42/CE relativa a las máquinas:

Además, cuando los UAS no sean juguetes en el sentido de la Directiva 2009/48/CE, deberán cumplir los requisitos de salud y seguridad pertinentes establecidos en la directiva de máquinas (Directiva 2006/42/CE) únicamente en relación con riesgos distintos de los relacionados con la seguridad del vuelo de las UA.

  • Relación con el Reglamento UE 2016/425 sobre Equipos de Protección Individual:

El equipo diseñado para ser usado por los niños para protegerlos contra uno o más riesgos entra dentro del alcance del Reglamento sobre Equipos de Protección, por ejemplo, cascos de bicicleta o esquí. Sin embargo, las imitaciones de EPI, de cascos de bombero, ropa de protección de médico, entran en el ámbito de aplicación de la Directiva sobre juguetes. En el caso de que pueda haber dudas sobre el uso real de dicho producto se ha acordado con los Estados Miembros que dichos productos se suministren con una advertencia en el sentido de que son juguetes y no EPI. El fabricante debe de tener cuidado si parece que el EPI de imitación podría asumirse razonablemente que protege contra los peligros. En tales casos, el fabricante no podrá establecer excepciones a su responsabilidad ni siquiera con tal advertencia.

Sin perjuicio de lo anterior, el 5 de noviembre de 2008 el PPE WG aclaró aún más la frontera entre las dos legislaciones al acordar la distinción de dos categorías de productos:

Los juguetes que imitan a los EPI pero que son juguetes solo son aceptables si está claro que no se espera ninguna protección de ellos. Por ejemplo, productos que imitan el casco y ropa de un bombero o motociclista.

Los productos para niños que tienen función de protección se consideran EPI. Por ejemplo, el casco de la bicicleta de un niño, independientemente de su apariencia es un EPI debido a su uso previsto y la protección esperada.

 

 

Se ha de tener en cuenta así mismo las siguientes directivas modificativas:

  • Directiva 2014/84/CE sobre la seguridad de los juguetes en lo que respecta al níquel.
  • Directiva 2014/81/CE sobre el marcado CE de juguetes en lo que respecta al bisfenol A.

Enlaces: 

Punto de contacto de la Unión Europea:

 

Última actualización: 30/08/2022