Explosivos de uso civil
Explosivos de uso civil. Directiva 2014/28/UE
Ámbito de aplicación y exclusión:
La Directiva 2014/28/UE se aplicará a los explosivos con fines civiles.
La Directiva no se aplicará:
- a los explosivos, incluidas las municiones, destinados a utilizarse por parte de las fuerzas armadas o de la policía, de conformidad con la legislación nacional;
- a los artículos pirotécnicos incluidos en el ámbito de aplicación de la Directiva 2013/29/UE;
- a las municiones, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 12, 13 y 14.
El Anexo I contiene una lista no exhaustiva de artículos pirotécnicos y municiones identificados con arreglo a las recomendaciones de las Naciones Unidas relativas al transporte de mercancías peligrosas.
Además Directiva 2014/28/UE no impide que los Estados miembros designen como explosivos determinadas sustancias no incluidas en la misma, en virtud de leyes o reglamentaciones nacionales.
Enlaces:
- Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Minería.
- Comisión Europea:
- Normas armonizadas.
- Specific chemicals.
- Organismos notificados. Pudiendo estar sujetos a cambios, los organismos notificados en España son:
Puntos nacionales de contacto:
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO |
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Dirección General de Política Energética y Minas Subdirección General de Minas Paseo de la Castellana 160, 28071 Madrid- Spain Teléfono: +34913497434, +34913492236 |
Puntos de contacto de la Unión Europea:
- Directorate- General for Internal Market, Industry, Entrepreneurship and SMEs:
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