Equipos a presión. Directiva 2014/68/UE

Ámbito de aplicación y exclusión:

La Directiva 2014/68/UE sobre equipos a presión es aplicable a los equipos a presión y conjuntos sometidos a una presión máxima admisible PS superior a 0.5 bar.

  • Se entiende por "equipos a presión", los recipientes, tuberías, accesorios de seguridad y accesorios a presión. En su caso, se considerará que forman parte de los equipos a presión los elementos fijados a las partes sometidas a presión, como bridas, tubuladoras, acoplamientos, abrazaderas, soportes, orejetas para izar, etc.

La Directiva no se aplica a los casos enumerados en el artículo 1.2 de la misma.

Enlaces:

Puntos nacionales de contacto:

MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO

Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa

Subdirección General de Calidad y Seguridad Industrial.

Paseo de la Castellana 160, 28071 Madrid. España.

Tlf: +34913494136; +34913494114; +34913494149

msanzc@mincotur.es; csegind@mincotur.es

www.mincotur.gob.es

+19 Consejerías de las Comunidades Autónomas. visit

Punto de contacto de la Unión Europea:

grow-pressure-equipment@ec.europa.eu