a Subvenciones dirigidas a proyectos de I+D+i que implementen soluciones en hiperautomatización en empresas

Datos actualizados el 29/05/2026

Subvenciones dirigidas a proyectos de I+D+i que implementen soluciones en hiperautomatización en empresas (HIPER)

Fondo Transición Justa
Convocatoria abierta Fecha de cierre: 13/07/2026

¿En qué consiste la ayuda?

Concesión de subvenciones a empresas, en régimen de concurrencia competitiva, para la ejecución de proyectos de Investigación Industrial (II) o Desarrollo Experimental (DE) en colaboración, en el Principado de Asturias, que tengan como finalidad el desarrollo de soluciones de hiperautomatización en empresas aplicadas a los tres tipos de tecnologías STEP que se recogen en el Anexo A.

¿Qué tipo de proyectos son subvencionables?

Proyectos de I+D+i dirigidos a implementar soluciones de hiperautomatización para la empresa que, con viabilidad demostrada, impliquen el desarrollo de tecnologías fundamentales que aporten al mercado interior un elemento innovador, emergente y de vanguardia con un importante potencial económico para el mercado único y/o contribuyan a reducir o prevenir las dependencias estratégicas de la Unión. Los proyectos objeto de subvención deben estar enmarcados en uno de los sectores, ámbitos y tecnologías STEP recogidas en el Anexo A de esta convocatoria, pudiendo corresponder a tipologías como las siguientes: 

  • Competitividad industrial basada en la gestión del conocimiento de la empresa vía inteligencia artificial.
  • Tecnologías habilitadoras colaborativas para la interoperabilidad en las cadenas de valor industriales.
  • La empresa data-driven habilitada por la inteligencia artificial.
  • Gemelo digital inmersivo.
  • Trazabilidad digital para el compliance en la industria.
  • Trabajador aumentado utilizando robótica inteligente y colaborativa.
  • Inteligencia Artificial habilitadora del mantenimiento inteligente y predictivo en la industria.

¿Qué conceptos/gastos son subvencionables?

  • Personal: Gastos de personal necesarios para la realización de la actividad o proyecto, en la medida en que estén dedicados al mismo.
  • Materiales. Adquisición de materias primas, material fungible, suministros y productos similares, de naturaleza consumible en la medida y durante el período que se utilicen para la actividad o proyecto.
  • Colaboraciones externas. Contratación de universidades, organismos públicos de investigación, centros tecnológicos, o empresas de consultoría/ingeniería especializada, destinados de manera exclusiva al proyecto.
  • Adquisición de patentes. Adquisición de patentes por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia y destinadas de manera exclusiva al proyecto.
  • Protección de propiedad industrial. Gastos de registro de propiedad industrial de los resultados de la actividad del grupo de investigación.
  • Costes indirectos: 15% de los costes directos de personal subvencionables de la actuación, bajo la opción de costes simplificados.

Los costes imputados al proyecto en el formulario de solicitud, para poder ser considerados subvencionables, deberán tener prevista una fecha de realización anterior al 30/06/2028.

¿Qué requisitos se deben cumplir?

  • Los proyectos deberán llevarse a cabo en colaboración efectiva entre al menos dos empresas, una de las cuales debe ser una Pyme.
  • Los proyectos deberán iniciarse con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda
  • Los proyectos deberán contar con la participación de centros públicos de investigación, entidades privadas de investigación sin ánimo de lucro o centros tecnológicos, de forma que su subcontratación por una o más de las empresas participantes represente al menos un 5% del importe total del proyecto en su conjunto. 
  • Los proyectos deberán tener un presupuesto subvencionable total comprendido entre 100.000 € y 2.000.000 €.
  • Los proyectos deberán estar encuadrados en alguno de los retos definidos en la Estrategia S3, recogidos en el Anexo B de la convocatoria.

¿Cuál es la cuantía de la ayuda?

El importe total de las ayudas concedidas a una empresa en esta convocatoria no podrá superar 1.200.000,00 €.

El importe mínimo subvencionable por proyecto y empresa será de 20.000 €, mientras que el importe máximo subvencionable será de 1.000.000 €.

Cada empresa participante en un proyecto recibirá la ayuda de manera individual y la cuantía de la misma se calculará como un porcentaje del gasto subvencionable aprobado. Este porcentaje se determinará según la intensidad de ayuda indicada en la tabla siguiente, en función del tamaño de la empresa y de la categoría del proyecto:

Tamaño de la empresa Investigación Industrial Desarrollo experimental
Pequeña empresa 80% 60%
Mediana empresa 75% 50%
Gran empresa 65% 40%

 

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Empresas que estén válidamente constituidas en el momento de presentación de la solicitud de la ayuda, no se encuentren inhabilitadas para la obtención de subvenciones públicas, y que cumplan los siguientes requisitos:

  • Tener un centro de trabajo en el Principado de Asturias en el que desarrollen su actividad y presentar un proyecto para ser desarrollado en el Principado de Asturias.
  • Tener uno o más empleados por cuenta ajena o socios de la empresa cuya relación con ella pueda calificarse como laboral (en ambos casos, a tiempo completo o equivalente)
  • Presentar proyectos de I+D+i en colaboración que implementen soluciones en hiperautomatización en la empresa.

Quedan excluidas expresamente de esta convocatoria los empresarios individuales/autónomos, las comunidades de bienes y las sociedades civiles, así como las asociaciones, fundaciones y en general las entidades sin ánimo de lucro. Los Centros Públicos de Investigación y los Centros Tecnológicos tampoco serán beneficiarios de estas ayudas.

¿Cuáles serían mis obligaciones?

  • Dar publicidad de la ayuda obtenida.
  • Llevar  un  sistema  de  contabilidad  aparte  o  asignar  un  código  contable  adecuado  a  todas  las transacciones relacionadas con el proyecto.
  • Suscribir, en el plazo de un mes desde que así se les requiera, el documento que se les notificará para la aceptación de las condiciones de la ayuda concedida (DECA). Esta falta determinará que la ayuda quede sin efecto.
  • Declarar que las actuaciones previstas en el proyecto, tienen un impacto nulo o insignificante sobre los objetivos climáticos y medioambientales según el principio DNSH (“Do No Significant Harm”; no causar perjuicio significativo al medioambiente).
  • Cumplir lo dispuesto en la Ley 3/2004, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

¿Cuándo se puede solicitar la ayuda?

Desde el 30 de mayo de 2026 hasta las 14:00 horas del 13 de julio de 2026, hora peninsular en España.

Convocatoria 2026

Convocatorias anteriores

Documento recopilatorio de legislación de convocatorias anteriores

Portal de Transparencia

La Agencia SEKUENS pone a tu disposición un buscador de expedientes aprobados a las empresas asturianas, en el marco de las convocatorias directamente gestionadas por nosotros que podrás descargar en formato excel

Convocatoria 2026

Para todas las solicitudes de PAGO ANTICIPADO cuya subvención aprobada sea superior a 30.000€ deberán presentar:

Guía para la justificación de proyectos aprobados 2024

¡¡IMPORTANTE!! Para que los gastos subvencionables sean admisibles, los pagos correspondientes deberán haber sido abonados en los plazos establecidos en el artículo 4 de la Ley 3/2004, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad.

Guía para la justificación de proyectos aprobados 2025

¡¡IMPORTANTE!! Para que los gastos subvencionables sean admisibles, los pagos correspondientes deberán haber sido abonados en los plazos establecidos en el artículo 4 de la Ley 3/2004, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad.

Medidas de información y publicidad de las actividades o actuaciones subvencionadas 2024

Medidas de información y publicidad de las actividades o actuaciones subvencionadas 2025

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