Apoyo a la Transferencia de conocimiento y tecnología y la Internacionalización de la I+D+i
Datos actualizados el 17/08/2026
Apoyo a la Transferencia de conocimiento y tecnología y la Internacionalización de la I+D+i (TRAN)
¿En qué consiste la ayuda?
Se pretende fomentar la transferencia de tecnología trasnacional a través de acuerdos internacionales entre empresas y centros de investigación asturianos y empresas y centros de investigación de otros países. Asimismo, se pretende fomentar la internacionalización de la I+D+i a través de la participación de empresas y centros de investigación asturianos en propuestas internacionales de I+D+i. Finalmente, se pretende impulsar la transferencia de tecnología para la creación de nuevo tejido productivo innovador y de base tecnológica mediante la valorización de resultados de investigación por parte de grupos de investigación de organismos de I+D+i del Principado de Asturias.
¿Qué tipo de proyectos son subvencionables?
Las ayudas previstas en esta convocatoria financiarán actuaciones relacionadas con la dinamización y fomento de la transferencia de tecnología trasnacional a través de acuerdos internacionales entre empresas y centros de investigación asturianos y empresas y centros de investigación de otros países, articulándose estas a través de las siguientes modalidades:
- Modalidad A. Transferencia de tecnología trasnacional: Fomento de actividades de transferencia de tecnología trasnacional desarrolladas en el Principado de Asturias.
- Modalidad B. Misiones internacionales: Organización de misiones internacionales de empresas (directas e inversas) en colaboración con la Enterprise Europe Network con el fin de promover la cooperación tecnológica entre entidades asturianas y extranjeras.
- Modalidad C. Participación: La entidad solicitante participa como socio o coordinador en una propuesta internacional de I+D+i.
- Modalidad D. Consultoría: La entidad solicitante presta asesoramiento a una entidad asturiana que participa como socio o coordinador en una propuesta internacional de I+D+i.
- Modalidad E. Creación de tejido innovador y de base tecnológica – spin-off: Dirigidas a grupos de investigación que podrán presentar propuestas para el desarrollo de iniciativas de valorización temprana orientadas a la creación de nuevas empresas (spin-offs) basadas en resultados de investigación.
¿Qué conceptos/gastos son subvencionables?
Las ayudas concedidas podrán financiar los siguientes gastos, según las diferentes modalidades:
Modalidad A: Transferencia de tecnología trasnacional:
- Activos fijos.
- Colaboraciones externas.
- Protección de propiedad industrial.
- Desplazamientos.
Modalidad B: Participación en misiones internacionales:
- Personal.
- Desplazamientos.
Modalidad C: Participación
- Personal.
- Colaboraciones externas.
- Desplazamientos.
Modalidad D: Consultoría
- Personal.
Modalidad E: Creación de tejido innovador y de base tecnológica – spin-off
- Personal.
- Materiales
- Colaboraciones externas.
- Protección de propiedad industrial.
- Formación.
- Desplazamientos.
¿Cuál es la cuantía de la ayuda?
Las ayudas tendrán las siguientes intensidades en función de la naturaleza de las entidades beneficiarias:
- En el caso de entidades que presenten en su propiedad u órgano de gobierno una mayoría de representación de las Administraciones Públicas, el 100% de los gastos subvencionables.
- Para el resto de las entidades, el 75% de los gastos subvencionables.
Se establecen los siguientes límites máximos de ayuda para las distintas actuaciones enmarcadas en las distintas modalidades establecidas:
Modalidad A. Transferencia de tecnología transnacional: 30.000 euros.
Modalidad B. Misiones internacionales: 30.000 euros.
Modalidades C y D. Propuestas internacionales de I+D+i y Consultoría: 30.000 euros.
Modalidad E. Creación de tejido innovador y de base tecnológica – spin-off: 20.000 €
Se establece como cuantía mínima de la ayuda para todas las modalidades 3.000 €.
¿Quiénes pueden ser beneficiarios?
Modalidades A (Transferencia de tecnología trasnacional), C (participación en propuestas internacionales de I+D+i) y D (consultoría):
a) Organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado definidos en el artículo 47 de LCTI.
b) Universidades públicas, sus departamentos e institutos universitarios, de acuerdo con lo previsto en la LOSU inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
c) Otros centros públicos de I+D: organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.
d) Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, o participadas por la Administración Pública, que desarrollen actividad investigadora.
e) Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D, generen conocimiento científico o tecnológico, faciliten su aplicación y transferencia o proporcionen servicios de apoyo a la innovación a las empresas.
f) Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal, que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros, en la fecha de presentación de la solicitud y mantengan esta condición durante todo el período de la actividad subvencionada.
g) Empresas.
h) Consorcios, agrupaciones o asociaciones empresariales que realicen entre sus actividades proyectos y actuaciones de I+D+i.
Modalidad B. Misiones internacionales:
- Consorcios, agrupaciones o asociaciones empresariales que realicen entre sus actividades proyectos y actuaciones de I+D+i.
Modalidad E (Creación de tejido innovador y de base tecnológica– spin-off):
a) Organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado definidos en el artículo 47 de LCTI.
b) Universidades públicas, sus departamentos e institutos universitarios, de acuerdo con lo previsto en la LOSU inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
c) Otros centros públicos de I+D: organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.
d) Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema nacional de Salud, o participadas por la Administración Pública, que desarrollen actividad investigadora.
e) Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D, generen conocimiento científico o tecnológico, faciliten su aplicación y transferencia o proporcionen servicios de apoyo a la innovación a las empresas.
f) Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal, que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros, en la fecha de presentación de la solicitud y mantengan esta condición durante todo el período de la actividad subvencionada.
Las empresas deberán tener uno o más empleados por cuenta ajena o socios de la empresa cuya relación con ella pueda calificarse como laboral (en ambos casos, a tiempo completo o equivalente).
¿Cuáles serían mis obligaciones?
- Dar publicidad de la ayuda obtenida.
- Llevar un sistema de contabilidad aparte o asignar un código contable adecuado a todas las transacciones relacionadas con el proyecto.
- Declarar que las actuaciones previstas en el proyecto, tienen un impacto nulo o insignificante sobre los objetivos climáticos y medioambientales según el principio DNSH (“Do No Significant Harm”; no causar perjuicio significativo al medioambiente).
- Cumplir lo dispuesto en la Ley 3/2004, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
¿Cuándo se puede solicitar la ayuda?
El plazo de presentación de solicitudes finalizará a las 14:00 h. del día 30 de septiembre de 2026, hora peninsular en España.
*Para la gestión de esta convocatoria se cuenta con la colaboración técnica de la Fundación para el Fomento en Asturias de la Investigación Científica y la Tecnología (FICYT), en el marco del Convenio entre SEKUENS y FICYT para la Colaboración Técnica en la Gestión de Subvenciones de I+D+i
FICYT Fundación para el fomento en Asturias de la Investigación Científica y la Tecnología
Tel: +34 985 20 74 34
Email para consultas: transferencia@ficyt.es
Convocatoria 2026
- Bases reguladoras
- Extracto convocatoria 2026
- Convocatoria 2026
- Anexo. Campos de especialización prioritarios en la Asturias S3.
Convocatorias anteriores
Documento recopilatorio de legislación de convocatorias anteriores.
Portal de Transparencia
La Agencia SEKUENS pone a tu disposición un buscador de expedientes aprobados a las empresas asturianas, en el marco de las convocatorias directamente gestionadas por nosotros que podrás descargar en formato excel
Convocatoria 2026
Modalidad A
- Formulario de solicitud
- Datos generales
- Datos del proyecto (No subsanable tras la finalización del plazo de presentación de solicitudes).
- Memoria de la actividad (No subsanable tras la finalización del plazo de presentación de solicitudes).
Modalidad B
- Formulario de solicitud
- Datos generales
- Datos del proyecto (No subsanable tras la finalización del plazo de presentación de solicitudes).
- Memoria de la actividad (No subsanable tras la finalización del plazo de presentación de solicitudes).
Modalidad C
- Formulario de solicitud
- Datos generales
- Datos del proyecto (No subsanable tras la finalización del plazo de presentación de solicitudes).
- Memoria de la actividad (No subsanable tras la finalización del plazo de presentación de solicitudes).
Modalidad D
- Formulario de solicitud
- Datos generales
- Datos del proyecto (No subsanable tras la finalización del plazo de presentación de solicitudes).
- Memoria de la actividad (No subsanable tras la finalización del plazo de presentación de solicitudes).
- Anexo. Declaración de asesoría
Modalidad E
- Formulario de solicitud
- Datos generales
- Datos del proyecto (No subsanable tras el plazo de presentación de solicitudes)
- Memoria de la actividad (No subsanable tras el plazo de presentación de solicitudes)
Guía para la justificación de los proyectos aprobados hasta 2025
Medidas de información y publicidad de las actividades o actuaciones subvencionadas 2025
Nuevo cartel
Registro telemático
Noticias
- Ampliado el plazo para solicitar ayudas para Grupos de Investigación, con mejoras en la convocatoria (06/09/2024)
- Publicada en el BOPA la convocatoria de ayudas al fomento de las vocaciones científicas 2024-2025 (03/09/2024)
- Publicada la convocatoria de subvenciones a Grupos de Investigación en Asturias 2024, con 7,5 millones de euros de inversión (07/08/2024)
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