Ayudas dirigidas a los Consorcios de las misiones científicas del Principado de Asturias (MIS)
Datos actualizados el 18/05/2026
Ayudas dirigidas a los Consorcios de las misiones científicas del Principado de Asturias (MIS)
¿En qué consiste la ayuda?
Concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para que Consorcios integrados por distintos agentes del Sistema Asturiano de Ciencia y Tecnología desarrollen una propuesta de intervención con la que van a contribuir a abordar Misiones científicas orientadas a los retos de la Estrategia de Especialización Inteligente y ejecuten un proyecto piloto vinculado a las temáticas de dichas Misiones.
Cada Consorcio tiene que elaborar el diseño de la Misión, estableciendo metas y objetivos específicos medibles, una hoja de ruta para su implementación, las acciones que ejecutará y una cartera de proyectos de I+D+i para impulsar. Asimismo, deberán desarrollar un proyecto piloto que contribuya al logro del objetivo y/o resultado de la Misión.
¿Qué tipo de proyectos son subvencionables?
Actuaciones cuyo coste subvencionable oscile entre un mínimo de 60.000 euros y un máximo de 250.000 euros por Consorcio. Estas actuaciones incluirán:
a) Análisis y diagnóstico de la situación socioeconómica y científico-tecnológica en relación con la temática que abordará el Consorcio.
b) Elaboración de los contenidos de la misión.
c) Creación de estructuras interdisciplinares e intersectoriales de gobernanza.
d) Definición de medidas prioritarias para el despliegue y puesta en marcha de la Misión.
e) Diseño de marcos de monitorización e indicadores de evaluación que permitan medir el progreso y los impactos de la Misión.
f) Evaluación del impacto intersectorial e intercientífico de la Misión.
¿Qué conceptos/gastos son subvencionables?
a) Activos fijos
b) Personal
c) Materiales
d) Colaboraciones externas
e) Divulgación y difusión
f) Costes indirectos
Solo serán subvencionables los gastos que se hayan realizado en el periodo comprendido entre la fecha de solicitud y el 31 de diciembre de 2027.
¿Qué requisitos se deben cumplir?
- Las solicitudes deberán estar encuadradas en los ámbitos, líneas y retos de especialización definidos como prioritarios por la Estrategia Regional de Especialización Inteligente (Anexo A).
- En la solicitud deberá identificarse la empresa que ostentará la condición de entidad líder del proyecto.
- Los documentos Memoria técnica y Datos del Proyecto no serán objeto de subsanación.
¿Cuál es la cuantía de la ayuda?
Las ayudas previstas en esta convocatoria se concederán en modalidad de subvención a fondo perdido. La intensidad de la ayuda para las entidades recogidas en el resuelvo quinto apartados 1 a), b), c), d), e), g) y h) será del 100% y para las empresas, punto f), el 80%.
Las ayudas serán incompatibles con la percepción de otras ayudas o subvenciones, cualquiera que sea su naturaleza y la entidad que las conceda
¿Quiénes pueden ser beneficiarios?
Podrán ostentar la condición de entidades beneficiarias de las ayudas, en el marco de los consorcios, las entidades que tengan un centro de trabajo en Asturias en el que desarrollen su actividad y pertenezcan a alguno de los siguientes tipos:
a) Organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado definidos en el artículo 47 de LCTI.
b) Universidades públicas, sus departamentos e institutos universitarios, de acuerdo con lo previsto en la LOSU inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
c) Otros centros públicos de I+D: organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.
d) Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema nacional de Salud, o participadas por la Administración Pública, que desarrollen actividad investigadora.
e) Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal, que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros, en la fecha de presentación de la solicitud y mantengan esta condición durante todo el período de la actividad subvencionada.
f) Empresas.
g) Consorcios, agrupaciones o asociaciones empresariales que realicen entre sus actividades proyectos y actuaciones de I+D+i.
h) Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D+i, generen conocimiento científico o tecnológico, faciliten su aplicación y transferencia o proporcionen servicios de apoyo a la innovación a las empresas.
Para poder ser subvencionables, los consorcios deberán estar formados por al menos cuatro empresas, una de las cuales debe ser una Pyme, así como por una entidad perteneciente a cualquiera de los demás tipos. No se admitirán consorcios en los que todas las empresas participantes se encuentren vinculadas.
¿Cuáles serían mis obligaciones?
- Dar publicidad de la ayuda obtenida.
- Llevar un sistema de contabilidad aparte o asignar un código contable adecuado a todas las transacciones relacionadas con el proyecto.
- Suscribir, en el plazo de un mes desde que así se les requiera, el documento que se les notificará para la aceptación de las condiciones de la ayuda concedida (DECA). Esta falta determinará que la ayuda quede sin efecto.
- Declarar que las actuaciones previstas en el proyecto, tienen un impacto nulo o insignificante sobre los objetivos climáticos y medioambientales según el principio DNSH (“Do No Significant Harm”; no causar perjuicio significativo al medioambiente).
- Cumplir lo dispuesto en la Ley 3/2004, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
¿Cuándo se puede solicitar la ayuda?
El plazo de presentación de solicitudes finalizará a las 14:00 horas del 29 de junio de 2026, hora peninsular en España.
* Para la gestión de esta convocatoria se cuenta con la colaboración técnica de la Fundación para el Fomento en Asturias de la Investigación Científica y la Tecnología (FICYT), en el marco del Convenio entre SEKUENS y FICYT para la Colaboración Técnica en la Gestión de Subvenciones de I+D+i
FICYT Fundación para el fomento en Asturias de la Investigación Científica y la Tecnología
Tel: +34 985 20 74 34
Email para consultas: misiones@ficyt.es
Convocatoria 2026
- Bases reguladoras
- Extracto Convocatoria 2026
- Convocatoria 2026
- Anexo. Campos de especialización prioritarios en la Asturias S3.
Convocatorias anteriores
Documento recopilatorio de legislación de convocatorias anteriores.
Portal de Transparencia
La Agencia SEKUENS pone a tu disposición un buscador de expedientes aprobados a las empresas asturianas, en el marco de las convocatorias directamente gestionadas por nosotros que podrás descargar en formato excel
Convocatoria 2026
- Solicitud
- Datos generales
- Memoria de la actividad (no subsanable)
- Datos del proyecto (no subsanable)
- Declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI).
Guía para la justificación de proyectos aprobados 2025
Medidas de información y publicidad de las actividades o actuaciones subvencionadas 2025
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