Financiación de las regiones

Fondos estructurales 2014-2020

El Consejo ha adoptado, en su sesión del 2 de diciembre del 2013, el Reglamento por el que se establece el marco financiero plurianual para el periodo 2014 2020. Este acuerdo, fruto de dos años y medio de negociaciones, permitirá poner en marcha a partir del 1 de enero de 2014 la nueva generación de programas de gasto de la Unión Europea.

El Marco Financiero Plurianual (MFP) establece los importes máximos anuales («techos») que la UE puede gastar en distintos ámbitos políticos («partidas»), durante un período de tiempo. Como tal, el MFP no es el presupuesto, proporciona un marco para la programación financiera y la disciplina presupuestaria, garantizando la previsibilidad del gasto de la UE.

En este periodo los fondos europeos que ofrecen ayudas en el marco de la política de cohesión son cinco: Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), Fondo Social Europeo (FSE), Fondo de Cohesión, Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (FEMP), el Reglamento 1303/2013 establece disposiciones comunes para mejorar la coordinación y los denomina Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (Fondos EIE). (FEDER y FSE se denominan conjuntamente Fondos Estructurales). El 17 de diciembre del 2013 se aprobó el paquete legislativo correspondiente a la futura política de cohesión.

Como aspecto novedoso, habrá una mayor orientación hacia los resultados y una reserva de eficacia en todos los fondos estructurales y de inversión que incentive los buenos proyectos. Otro de los rasgos que definen este nuevo periodo es la concentración temática: El artículo 9 identifica los 11 objetivos temáticos que apoyarán los Fondos, cada Fondo se concentrará en un número reducido de objetivos temáticos y prioridades de inversión.

La nueva política de cohesión implica que las regiones y los Estados miembros deben modificar su perfil inversor, sobre todo en el ámbito del FEDER hacia nuevas prioridades. En las regiones más desarrolladas al menos un 80% de los recursos FEDER se asignarán entre los siguientes objetivos temáticos:

 

  • Potenciar la Investigación e Innovación
  • Mejorar el uso la calidad y el acceso a las Tecnologías de la información y de la comunicación (TIC)
  • Mejora de la competitividad de las pequeñas y medianas empresas (PYME)
  • Apoyo al cambio hacia una economía de bajas emisiones de carbono

 

Además, para que las inversiones del Fondo Europeo de Desarrollo Regional puedan asignarse a la investigación e innovación, los Estados miembros y las regiones deberán elaborar las denominadas estrategias de especialización inteligente (condición ex ante). Estas estrategias de especialización inteligente ayudarán a las regiones a alinearse con su potencial de innovación y a aprovechar sus activos y fortalezas particulares. Cada región se centrará en un conjunto limitado de áreas prioritarias en las que ya tenga una ventaja competitiva. La Estrategia RIS3 para Asturias ha sido aprobada en Consejo de Gobierno el pasado 2 de abril de 2014.

Por otro lado, desde la perspectiva territorial, y con arreglo al artículo 90 del Reglamento (UE) no 1303/2013, la Comisión debe establecer una lista de las regiones que cumplen los criterios respectivos de cada una de las tres categorías de regiones :menos desarrolladas (por debajo del 75% del PIB per cápita medio de la Europa de los 27), de transición (entre el 75% y el 90%) y más desarrolladas (por encima del 90%) y que condiciona su tasa de cofinanciación. En el nuevo mapa de elegibilidad Asturias es región desarrollada.

 

Europa

En España, el proceso de programación de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (Fondos EIE) para el periodo 2014-2020 comenzó con la presentación del Acuerdo de Asociación el pasado 22 de abril de 2014, y ha continuado con la elaboración y presentación de los Programas Operativos para cada Fondo a la Comisión Europea.

El FEDER y el FSE tendrán una dotación estimada de 494,5 millones de euros para Asturias, de los que 144,3 serán gestionados por la Administración General del Estado y el resto, unos 350,2 millones corresponderán a la Administración regional, lo que representa un 71% del total.

El proceso de programación de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (Fondos EIE) para el periodo 2014-2020 en España se ha completado con la aprobación del Acuerdo de Asociación de España 2014-2020 el 30 de octubre de 2014, y en el caso del FEDER de Asturias, con la aprobación por la Comisión Europea del Programa Operativo (PO) 2014-2020 el 14 de julio de 2015.

Textos legales

Reglamento (UE) n° 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013 , por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n ° 1083/2006 del Consejo.

Reglamento (UE) n° 1301/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y sobre disposiciones específicas relativas al objetivo de inversión en crecimiento y empleo y por el que se deroga el Reglamento (CE) no 1080/2006.

Reglamento (UE) n° 1299/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones específicas relativas al apoyo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional al objetivo de cooperación territorial europea.

Reglamento (UE) n° 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo al Fondo Social Europeo y por el que se deroga el Reglamento (CE) no 1081/2006 del Consejo.

Más información: Inforegio y Fondo Social Europeo