a Ayudas para la realización de estancias breves en otros centros de investigación, dentro del Programa “Severo Ochoa”.

Datos actualizados el 18/02/2026

Ayudas para la realización de estancias breves en otros centros de investigación, dentro del Programa “Severo Ochoa”.

Convocatoria abierta Fecha de cierre: 17/03/2026

Finalidad

La realización de estancias breves de carácter formativo en centros distintos al centro de aplicación de la ayuda concedida, de reconocido prestigio, con la finalidad de realizar tareas de aprendizaje en laboratorios de investigación, adquisición de nuevas técnicas instrumentales y otras actividades directamente vinculadas con el plan de formación o perfeccionamiento para el que se concedió la ayuda.

Modalidad

Subvención a fondo perdido.

Acciones Subvencionables

Estancias realizadas en Centros de Investigación de reconocido prestigio ubicados fuera de España.

  • La estancia debe realizarse en su totalidad en el año 2026 y durante el período de vigencia de la ayuda Severo Ochoa de cada solicitante.
  • Las estancias breves para las que se solicita la ayuda deben coincidir, salvo excepciones justificadas, con los periodos académicos y/o los de actividad ordinaria de los centros de destino,siempre y cuando durante el periodo de la estancia se encuentre vigente la ayuda, y su duración no podrá ser inferior a 30 días ni superior a 90 naturales.

Requisitos

Ser beneficiarias de una ayuda del programa Severo Ochoa en la actualidad, con independencia del año de concesión, siempre que previamente no se haya obtenido una ayuda para más de dos estancias breves.

No se podrá solicitar la ayuda para más de una estancia por anualidad.

En la presente convocatoria podrá solicitarse la ayuda durante el primer año de concesión.

Cuantía

La ayuda máxima a conceder a cada persona beneficiaria para la realización de las estancias breves solicitadas a lo largo del año no superará en ningún caso los 3.000 euros, sumados todos los conceptos, y se concretará en una ayuda por importe de 40 euros diarios contados desde el día de la partida al del regreso, ambos inclusive, a la que se sumará una ayuda para el desplazamiento con los siguientes límites:

  • Si el desplazamiento se realiza a un centro ubicado en un país europeo perteneciente a la U.E. o a la EFTA: hasta 600 euros.
  • Si el desplazamiento se realiza fuera de dichos países: hasta 1.200 euros.

Los desplazamientos deberán realizarse en medios públicos de transporte. Sólo en casos debidamente justificados podrá utilizarse, previa solicitud y con el visto bueno de la Dirección General de Universidad, el vehículo particular.

El personal investigador beneficiario de estancias breves que se desplace a centros de investigación ubicados fuera de Europa podrá obtener financiación adicional, mediante petición expresa a la Dirección General de Universidad, para un seguro de accidentes y enfermedad durante las fechas exactas de duración de la estancia. La financiación máxima para dicho seguro será de 300 euros.

Beneficiarios

Personas físicas que cumplan con los requisitos establecidos en la convocatoria.

 

Plazo de presentación

Hasta el 17 de marzo de 2026.

Información y tramitación

En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicada la Ficha que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0081T01 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en la que se encontrará el formulario normalizado de solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud.

CONSEJERIA DE CIENCIA, INDUSTRIA Y EMPLEO.

C/ Antonio Suárez Gutiérrez, 2

33005 Oviedo.

Tel.:985 279 100