a Ayudas a la inversión de las sociedades cooperativas y las sociedades laborales del Principado de Asturias

Datos actualizados el 24/03/2025

Ayudas a la inversión de las sociedades cooperativas y las sociedades laborales del Principado de Asturias

Convocatoria cerrada

Finalidad

Contribuir, mediante el apoyo a la realización de inversiones, a la puesta en marcha, modernización y mejora de la competitividad de las sociedades cooperativas y sociedades laborales del Principado de Asturias. 

Modalidad

Subvención a fondo perdido en concurrencia competitiva.

Conceptos Subvencionables

Se consideran subvencionables las actuaciones que resulten necesarias para la puesta en marcha, modernización o mejora de la competitividad de la entidad solicitante realizadas en los siguientes activos:

a) Adquisición de terrenos para la utilización exclusiva por la entidad solicitante en el desarrollo de su actividad.

b) Adquisición de edificios, naves y locales para la utilización exclusiva de la entidad solicitante en el desarrollo de su actividad.

c) Adquisición de maquinaria, instalaciones técnicas, vehículos industriales, equipamiento tecnológico o mobiliario vinculados al desarrollo de la actividad.

Requisitos

Actuaciones subvencionables realizadas en el período comprendido entre el 1 de julio de 2023 y el 31 de diciembre de 2024.

Cuantía

Las ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva, siendo subvencionable el 50% del total de la inversión justificada. La cuantía máxima de la subvención para cada empresa solicitante en el conjunto de las actuaciones será de 18.000 euros

 

Estas subvenciones están sometidas al régimen de minimis en los términos establecidos en el Reglamento (UE) Nº 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DOUE 15/12/2023). 

El importe total de las ayudas de minimis concedidas por un Estado miembro a una única empresa no excederá de 300.000 euros durante cualquier período de tres años.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las sociedades cooperativas y sociedades laborales que cumplan los siguientes requisitos:

a) Estar legalmente constituida e inscrita en el Registro de Sociedades Cooperativas del Principado de Asturias o el Registro de Sociedades Laborales del Principado de Asturias, según proceda con anterioridad a la presentación de la solicitud.

b) Tener el domicilio fiscal o un centro de trabajo en el territorio del Principado de Asturias debiendo desarrollarse las actuaciones subvencionables en el ámbito del Principado de Asturias.

c) Disponer de un informe emitido por el experto externo Fundación para el Fomento de la Economía Social (FFES), acerca del contenido y objetivos del plan de empresa de puesta en marcha, modernización o mejora de la competitividad, así como la adecuación de las inversiones realizadas con la implantación del plan de empresa.

d) Haber realizado dentro del plazo que se establezca en la respectiva convocatoria alguna de las actuaciones previstas en el plan de empresa que tengan la consideración de subvencionables.

e) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de seguridad social, así como no ser deudora del Principado de Asturias por deudas vencidas, líquidas y exigibles.

f) No estar incursa en ninguna de las prohibiciones recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Plazo de presentación

Desde el 25 de marzo hasta el 24 de abril de 2025.

Información y tramitación

Las solicitudes de subvención se ajustarán al modelo disponible en la sede electrónica https://sede.asturias.es (introduciendo el código AYUD0486T01 en el buscador de la cabecera, situado en la parte superior derecha).

Las solicitudes se dirigirán al Servicio de Emprendedores y Economía Social, código de identificación DIR A03028882

Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo

Dirección General de Empresas, Pymes y Emprendedores

Tel.:  985 10 82 34