a Ayudas a la celebración de eventos, jornadas, foros y/o encuentros empresariales en el ámbito territorial del Principado de Asturias

Datos actualizados el 18/03/2026

Ayudas a la celebración de eventos, jornadas, foros y/o encuentros empresariales en el ámbito territorial del Principado de Asturias

Convocatoria abierta Fecha de cierre: 20/04/2026

Finalidad

Concesión de subvenciones para la financiación de eventos y congresos de carácter empresarial que se celebren en el ámbito territorial del Principado de Asturias.

Modalidad

Subvención a fondo perdido en regimen de concurrencia competitiva.

Conceptos Subvencionables

Serán subvencionables los gastos derivados organización de eventos, jornadas, foros y/o encuentros empresariales en el ámbito territorial del Principado de Asturias.

Quedan excluidos aquellos eventos, reuniones o congresos que tengan por objeto:

a) Manifestaciones culturales o divulgativas (festivales de música, coros, danza, teatro, conferencias o ciclos de conferencias abiertas al público, etc.) o recreativas (juegos de naipes y salón, entre otras).

b) Las galas, concursos de belleza, y pases de modelos.

c) Los eventos relacionados con formación reglada ocupacional o continua; los cursos universitarios de verano, los actos académicos propiamente dichos. Las reuniones de trabajo de grupos de estudio y/o investigación científica aun cuando estén abiertos a la población local no especializada.

d) Los congresos, asambleas y reuniones de partidos políticos.

e) Todos aquellos que sean susceptibles de subvención por otras líneas de ayudas de la Administración del Principado de Asturias (ferias de artesanía, apoyo al comercio minorista, etc.).

Requisitos

  • El período subvencionable comprenderá desde el 1 de septiembre de 2025, fecha en la que finalizó el período correspondiente a la convocatoria anterior, hasta el 1 de octubre de 2026.
  • La memoria técnica y el presupuesto de la actuación no serán subsanables.

Cuantía

  • Se subvencionará el 100 % de los gastos subvencionables previstos en el proyecto, hasta un importe máximo de 10.000 euros.
  • Para que una solicitud pueda resultar beneficiaria de esta ayuda, el importe de inversión subvencionable deberá ser superior o igual a 3.000 euros. por debajo de ese importe se realizará la correspondiente propuesta de desestimación al órgano competente.

Beneficiarios

  • Corporaciones locales.
  • Empresas.
  • Entidades sin ánimo de lucro.

Plazo de presentación

El plazo será de 30 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias. Hasta el 20 de abril de 2026.

Información y tramitación

Las solicitudes se presentarán de forma electrónica a través de sede electrónica del Principado de Asturias: https:// sede.asturias.es (introduciendo el código AYUD0502T01 en el buscador de cabecera, situado en la parte superior derecha) o a través del registro electrónico General de la administración General del estado: https://reg.redsara.es/es/

Consejería de Ciencia, Industria y Empleo.

Servicio de Empresas y Pymes

Teléfono de información centralita: 98510 55 00 Ext: 18205 - 60309 - 60430.