a Ayudas para la realización de proyectos de I+D+i en Red por parte de organismos de investigación en colaboración con entidades del Principado de Asturias.

Datos actualizados el 13/04/2026

Ayudas para la realización de proyectos de I+D+i en Red por parte de organismos de investigación en colaboración con entidades del Principado de Asturias.

Feder
Convocatoria abierta Fecha de cierre: 18/05/2026

¿En qué consiste la ayuda?

Concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a organismos de investigación que desarrollen su actividad en el Principado de Asturias, para financiar los costes asociados a la realización de proyectos de I+D+i en áreas de interés de empresas y otras entidades de la región, y alineadas con los ámbitos determinados en la estrategia S3 del Principado de Asturias.

¿Qué tipo de proyectos son subvencionables?

  • Actividades de carácter no económico asociadas a la realización de un proyecto de I+D+i por parte de equipos pertenecientes a organismos de investigación que desarrollen su actividad en el Principado de Asturias.
  • Los proyectos de I+D+i no podrán iniciarse con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda; podrán tener una duración de entre 9 y 24 meses, siendo la fecha límite de finalización el 31 de diciembre de 2028.
  • Los proyectos de I+D+i a ejecutar por los organismos de investigación deberán contar con el interés y apoyo de una entidad del Principado de Asturias, denominada entidad copartícipe. Podrán ser entidades copartícipes, empresas, asociaciones empresariales, fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro. No tendrán la consideración de entidades copartícipes aquellas entidades reconocidas como Centro Tecnológico.

¿Qué conceptos/gastos son subvencionables?

Los gastos subvencionables necesarios para el desarrollo de los proyectos de I+D+i planteados son los siguientes:

a) Activos fijos.

b) Personal.

c) Materiales.

d) Colaboraciones externas.

e) Protección de propiedad industrial.

f) Formación.

g) Desplazamientos.

h) Costes indirectos. 15% de los costes directos de personal subvencionables de la actuación, bajo la opción de costes simplificados.

i) Cualquier otro gasto que resulte imprescindible y estrictamente necesario para el desarrollo del proyecto de I+D+i subvencionado, esté directa e inequívocamente relacionado con el mismo y no esté recogido en los puntos anteriores.

¿Cuál es la cuantía de la ayuda?

  • La intensidad de la ayuda podrá alcanzar hasta el 90% de los gastos subvencionables, debiendo aportar la entidad copartícipe al menos el 10% restante.
  • Dado que el importe de la ayuda concedida y la aportación de la entidad copartícipe alcanzan el 100% de los gastos subvencionables del proyecto de I+D+i, estas ayudas serán incompatibles con la percepción de otras subvenciones o ayudas procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, internacionales, o de la Unión Europea para los mismos gastos subvencionables del mismo proyecto de I+D+i.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

a) Organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado definidos en el artículo 47 de LCTI.

b) Universidades públicas, de acuerdo con lo previsto en la LOSU inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

c) Otros centros públicos de I+D: organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.

d) Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, o participadas por la Administración Pública, que desarrollen actividad investigadora.

¿Cuáles serían mis obligaciones?

  • Realizar la actividad objeto de la ayuda y justificarla en los plazos establecidos.
  • Suscribir, en el plazo de un mes desde que así se les requiera, el documento que se les notificará para la aceptación de las condiciones de la ayuda concedida (DECA). Esta falta determinará que la ayuda quede sin efecto.
  • Dar publicidad de la ayuda obtenida (cartel y página web).
  • Declarar que las actuaciones previstas en el proyecto, tienen un impacto nulo o insignificante sobre los objetivos climáticos y medioambientales según el principio DNSH (“Do No Significant Harm”; no causar perjuicio significativo al medioambiente).

¿Cuándo se puede solicitar la ayuda?

Para la gestión de esta convocatoria se cuenta con la colaboración técnica de la Fundación para el Fomento en Asturias de la Investigación Científica y la Tecnología (FICYT), en el marco del Convenio entre SEKUENS y FICYT para la Colaboración Técnica en la Gestión de Subvenciones de I+D+i

FICYT Fundación para el fomento en Asturias de la Investigación Científica y la Tecnología
Tel: +34 985 20 74 34
Email para consultas: proyectosenred@ficyt.es

 

 

El plazo de presentación de solicitudes finalizará a las 14:00 horas del 18 de mayo de 2026, hora peninsular en España.

 

Convocatoria 2026

Convocatorias anteriores

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