a Ayuda no IDEPA - Ley de Incentivos Económicos Regionales (LIR). Zona de Promoción Económica de Asturias (ZPE)

Datos actualizados el 29/11/2023

Ley de Incentivos Económicos Regionales (LIR). Zona de Promoción Económica de Asturias (ZPE)

Aprobado el nuevo Real Decreto de delimitación de la zona de promoción económica del Principado de Asturias.

Feder
Convocatoria abierta Fecha de cierre: 31/12/2027

Finalidad

Fomentar el desarrollo de las zonas menos favorecidas promoviendo la creación y mantenimiento de empleos y el desarrollo y consolidación del tejido industrial productivo.

Modalidad

Subvención a fondo perdido

Acciones Subvencionables

Fomentar el desarrollo de las zonas menos favorecidas promoviendo la creación y mantenimiento de empleos y el desarrollo y consolidación del tejido industrial productivo mediante:

  • El impulso del potencial endógeno del territorio así como desarrollar y consolidar el tejido industrial en base a criterios de calidad, eficiencia, productividad y respeto al medio ambiente.

  • El fomento de la diversificación en los sectores de la producción y la distribución que aumenten el atractivo y el impulso de la actividad en el territorio.

  • La promoción en la creación de empresas innovadoras que propongan inversiones basadas en proyectos de desarrollo e innovación y, en general, en la innovación tecnológica, el diseño industrial y la mejora medioambiental.

     

Tipos de Proyectos:

  • Creación de nuevo establecimiento: que generen nuevos puestos de trabajo.

  • Ampliación: que supongan un aumento significativo de la capacidad productiva. La inversión incentivable aprobada deberá ser significativa en relación al inmovilizado material del establecimiento, superar un determinado porcentaje sobre la dotación para amortizaciones del establecimiento y generar nuevos puestos de trabajo y mantener los existentes.

  • Modernización: que la inversión constituya una parte importante del inmovilizado material y que supere un determinado porcentaje sobre la dotación para amortizaciones del establecimiento que se moderniza e implicar la adquisición de maquinaria tecnológicamente avanzada que produzca un incremento sensible de la productividad. La inversión deberá dar lugar a la diversificación de la producción de un establecimiento para atender a mercados de productos nuevos y adicionales o que suponga una transformación fundamental en el proceso global de producción de un establecimiento existente. Debe mantenerse los puestos de trabajo existentes.

En el caso de las grandes empresas, solo se podrán conceder ayudas para inversiones iniciales que creen una nueva actividad económica

Conceptos Subvencionables

  • Obra civil, entre las que se considerarán incluidas: las traídas y acometidas de servicios, urbanización y obras exteriores adecuadas a las necesidades del proyecto, oficinas, laboratorios, instalaciones para servicios laborales y sanitarios del personal, almacenes, edificios de producción o transformación, edificios de servicios industriales, almacenes y otras obras vinculadas al proyecto.
  • Bienes de equipo, entre los que se considerarán: maquinaria de proceso, instalaciones eléctricas especiales, instalaciones energéticas y de suministro de agua especiales, elementos de transporte interior, vehículos especiales de transporte exterior, equipos de medida y control, instalaciones de seguridad, instalaciones de mejora y protección medioambiental, y otros bienes de equipo ligados al proyecto.

  • Estudios previos del proyecto, solo en el caso de pequeñas y medianas empresas, entre los que pueden incluirse: trabajos de planificación, ingeniería de proyecto y de dirección facultativa de los proyectos así como estudios de seguridad y medioambientales.

  • Activos inmateriales, siempre y cuando no excedan del 30% del total de la inversión incentivable, se utilicen exclusivamente en el centro donde se realice el proyecto, sean inventariables, amortizables y se adquieran en condiciones de mercado a terceros no relacionados con el comprador.

  • Otros conceptos, excepcionalmente. Se apreciará la excepcionalidad en aquellos proyectos de carácter singular por la naturaleza de la inversión.

Requisitos

Requisitos de los proyectos:

  • Destinarse a la creación, ampliación o modernización de establecimientos.

  • Que tengan una clara incidencia sobre el empleo.

  • Ser viables técnica, económica y financieramente.

  • Autofinanciarse al menos en un 25% de su inversión aprobada. Además la empresa deberá contar con un nivel mínimo de fondos propios que será fijado en la resolución individual de concesión.

  • Inversión incentivable superior a 900.000 euros.

  • La inversión solo podrá iniciarse después de la presentación de la solicitud de incentivos regionales. El solicitante deberá acreditar que las inversiones no se han iniciado antes de la presentación de la solicitud de incentivos regionales mediante una declaración responsable de "no inicio de inversiones". También se podrá solicitar acta notarial de presencia o realizar una comprobación física sobre el terreno, a efectos de verificar el "no inicio de las inversiones.

    Por "inicio de las inversiones" se entiende, o bien el inicio de los trabajos de construcción, o bien el primer compromiso en firme para el pedido de equipos u otro compromiso en firme que haga la inversión irreversible, si esta fecha es anterior. La compra de terrenos y los trabajos preparatorios como la obtención de permisos y la realización de estudios previos de viabilidad no se consideran inicio de los trabajos.

Cuantía

Los incentivos regionales que podrán concederse en la Zona de Promoción del Principado de Asturias (ZPE) no podrán sobrepasar el porcentaje máximo de la inversión aprobada del 15% para grandes empresas, el 25% para medianas empresas y del 35% para pequeñas empresas (para proyectos presentados después del 1 de enero de 2022) 

En el caso de proyectos con una inversión aprobada superior a 50 millones de euros, dicho porcentaje máximo se fijará conforme a lo establecido para los grandes proyectos de inversión en las Directrices sobre las ayudas estatales de finalidad regional para 2014-2020.

Beneficiarios

Serán sectores promocionables los siguientes:

  • Industrias transformadoras y servicios de apoyo a la producción que, respetando los criterios sectoriales establecidos por los organismos competentes, incluyan tecnología avanzada, presten especial atención a mejoras medioambientales y supongan una mejora significativa en la calidad o innovación de proceso o producto y, en especial, los que favorezcan la introducción de las nuevas tecnologías y la prestación de servicios en los subsectores de las tecnologías de la información y las comunicaciones y los que mejoren significativamente las estructuras comerciales.

  • Establecimientos turísticos e instalaciones complementarias de ocio que, respetando los criterios sectoriales establecidos por los organismos competentes, posean carácter innovador especialmente en lo relativo a las mejoras medioambientales y que mejoren significativamente el potencial endógeno de la zona.

  • Además quedarán sujetos al trámite de notificación, antes de su concesión definitiva, las ayudas regionales concedidas a proyectos de inversión en el sector de la construcción naval.

  • Se considerarán sectores excluidos los no citados anteriormente.

    En todo caso se tendrán en cuenta las normas y criterios de la Unión Europea vigentes para los sectores que puedan considerarse sensibles.

    Por acuerdo del Consejo Rector se podrán establecer restricciones sobre actividades incluidas en los sectores promocionables conforme a las directrices de política económica.

Plazo de presentación

Abierto.  El plazo de vigencia finalizará el 31 de diciembre de 2027

Acceso a: Registro Telemático

TODOS LOS DOCUMENTOS QUE REQUIERAN FIRMA DEBEN VENIR FIRMADOS ELECTRÓNICAMENTE (FIRMA DIGITAL)

Información y tramitación

Agencia de Ciencia, Competitividad Empresarial e Innovación Asturiana - SEKUENS 
Parque Tecnológico de Asturias 
33420 Llanera 
Tfno.: 985 101 910  
Fax: 985 264 455 
Email
 

Ministerio de Hacienda 
Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos 
Dirección General de Fondos Europeos 
Subdirección General de Incentivos Regionales 
Página web 
Email: Incentivos Regionales

Normativa Incentivos regionales

Fichero de Acreedores

TODOS LOS DOCUMENTOS QUE REQUIERAN FIRMA DEBEN VENIR FIRMADOS ELECTRÓNICAMENTE (FIRMA DIGITAL)

Formulario de solicitud de ayuda

Cuestionario medioambiental

Formularios solicitud de cobro

Formulario de solicitud de prórroga

Medidas de información y publicidad de las actividades o actuaciones subvencionadas