a Ayuda no IDEPA - Ayuda a planes de innovación y sostenibilidad en el ámbito de la industria manufacturera

Datos actualizados el 25/05/2022

Ayuda a planes de innovación y sostenibilidad en el ámbito de la industria manufacturera

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en el año 2023

Convocatoria cerrada

Finalidad

Ayudas para la ejecución de planes de innovación y de sostenibilidad en el ámbito de la industria manufacturera.

Modalidad

Préstamo, subvención o una combinación de ambas modalidades.

Acciones Subvencionables

Los proyectos habrán de adaptarse al menos a alguna de las siguientes prioridades temáticas:

  1. Economía circular y ecoinnovación aplicadas en la mejora de las cadenas de valor
  2. Descarbonización, eficiencia energética, nuevas fuentes de energía renovable y reducción de emisiones contaminantes.
  3. Materiales y productos avanzados
  4. Innovación en procesos de calidad y seguridad
  5. Innovaciones del proceso productivo derivados de la prioridad temática 3

Cada proyecto dentro del plan de innovación y sostenibilidad deberá enmarcarse en alguna de las dos líneas de actuación:

  • Línea de Investigación, Desarrollo e Innovación:

a) Investigación industrial.

b) Proyectos de desarrollo experimental.

c) Proyectos de innovación en materia de organización.

d) Proyectos de innovación en materia de procesos.

  • Línea de Innovación en Sostenibilidad y Eficiencia Energética:

a) Inversiones con carácter innovador destinadas a la protección del medio ambiente.

b) Inversiones con carácter innovador en medidas de ahorro energético o energías renovables.

Conceptos Subvencionables

Tendrán la consideración de gastos financiables, los siguientes:

  • Línea de Investigación, Desarrollo e Innovación:

a) Costes de personal.

b) Costes de instrumental y material inventariable.

c) Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia.

  • Línea de Innovación en Sostenibilidad y Eficiencia Energética:

a) Aparatos y equipos de producción.

b) Edificación e instalaciones.

c) Activos inmateriales.

d) Colaboraciones externas.

El presupuesto mínimo de conceptos financiables para cada proyecto será de 100.000 euros.

Requisitos

Las actuaciones financiadas deberán ejecutarse desde el día siguiente a la presentación de la solicitud hasta un plazo máximo de 24 meses contados desde la fecha de resolución de la concesión.

Cuantía

  • Financiación total a conceder: préstamo nominal más subvención, será como máximo del 80% sobre el presupuesto financiable.
  • Plazo de amortización: 10 años, con un plazo de carencia de 3 años.
  • Tipo de interés de aplicación: el tipo de interés aplicable será del 0%.  
  • Importe de la ayuda a conceder en forma de subvención, será como máximo:
  • Del 50% del presupuesto financiable en el caso de pequeñas empresas.
  • Del 20% del presupuesto financiable en el caso de medianas empresas.
  • Del 10% del presupuesto financiable en el caso de grandes empresas para proyectos de la Línea de Sostenibilidad y Eficiencia Energética.
  • Del 10% del presupuesto financiable en el caso de grandes empresas para proyectos de investigación industrial o de desarrollo experimental, en la Línea de Investigación, Desarrollo e Innovación.
  • Del 5% del presupuesto financiable en el caso de grandes empresas para proyectos de innovación en materia de organización y procesos, en la Línea de Investigación, Desarrollo e Innovación.

Beneficiarios

Sociedades con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con independencia de su tamaño, que desarrollen una actividad industrial, y que no formen parte del sector público (actividades incluidas en el Anexo I de la Orden ITC/789/2021, de 16 de julio).

Las actuaciones para las que solicita financiación el solicitante deben referirse a actividades encuadradas en alguna de las siguientes:

a) Actividades de producción a escala industrial encuadradas en la sección C-Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril.

b) Actividades de valorización a escala industrial encuadradas en la sección 38.3x de la CNAE 2009, siempre que dispongan en el momento de la solicitud de la correspondiente autorización de gestión de residuos, y el proyecto a realizar se clasifique como perteneciente a las operaciones de valorización: R2, R3, R4, R5 (con exclusión de la limpieza de suelos), R6, R7, R8, R9, R11 y R12 (con exclusión del desmontaje, la clasificación, el secado, el acondicionamiento, el reenvasado, la combinación o la mezcla), según definiciones establecidas en el anexo II de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.

c) Actividades complementarias a la producción industrial. Se entenderá que se trata de actividades complementarias a la producción industrial, si se llevan a cabo mayoritariamente como servicios de apoyo a empresas manufactureras (incluidas en las CNAE 10 a 32) en sus procesos de producción industrial. 

d) Actividades de servicios a la industria.

Plazo de presentación

El plazo de presentación comienza el día 29 de mayo de 2023 y finalizará el día 28 de junio de 2023.

Información y tramitación

Ministerio de Industria, Comercio y Turismo 
Dirección General de Industria y de la Pequeña y Media Empresa 
Subdirección General de Gestión y Ejecución de Programas
Paseo de la Castellana, 160 
28046 Madrid 

Contactos para la resolución de dudas
Página Web: Industria Manufacturera