a X Programa FP Dual Asturias 2023-2025

Fecha de publicación el 20/05/2024

X Programa FP Dual Asturias 2023-2025

El plan que regirá el funcionamiento de la FP Dual en el Principado hasta el año 2025, elaborado por la Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo junto a la de Educación, ha entrado ya en vigor con su publicación en el BOPA.

La Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo del Principado, en colaboración con la Consejería de Educación, ha trabajado en la puesta en marcha del nuevo modelo de FP Dual, derivado de la Ley de Integración de la Formación Profesional, cuya entrada en vigor se ha producido al publicarse la resolución en el BOPA Nº 94 del miércoles 15 de mayo de 2024.

Con carácter general, la nueva ley destaca por la flexibilidad para adaptar la formación a la demanda del entorno empresarial.

Incluye, entre otras, las siguientes medidas

  • Distribuye la formación en la empresa a lo largo de los dos cursos en dos modelos:
  1. Dual general, con 500 horas de formación en la empresa.
  2. Dual intensiva, con al menos 700 horas en la empresa y beca o contrato para el alumnado.

        En ambas modalidades se pueden establecer complementos formativos, a demanda de la empresa, de hasta 200 horas, en el primer caso, y 800 horas, en el segundo.

  • Las empresas, entidades u organismos, tanto públicos como privados, donde el alumno o la alumna realice su estancia formativa de formación profesional dual deberán becar a este con una cantidad igual o superior al 65% de SMI cuando la estancia se corresponda con el total de horas mensuales a jornada completa o la parte proporcional correspondiente cuando sea inferior.
  • Cuando la empresa o entidad colaboradora en la que el alumno o alumna deba realizar su estancia formativa tenga establecido con carácter general la modalidad de teletrabajo, el alumno o alumna podrá llevar a cabo su estancia formativa en la empresa en dicha modalidad.
  • La entidad u organismo que financie el programa de formación tendrá la condición de persona empresaria, asumiendo los derechos y obligaciones en materia de Seguridad Social establecidos para éstos en el Régimen General de la Seguridad Social.

 

Consulta el texto completo en el siguiente enlace al BOPA