a Instituto para la Transición Justa (ITJ): Ayudas dirigidas a pequeños proyectos de inversión que generen o mantengan el empleo, promoviendo el desarrollo alternativo de las zonas de transición justa, para el ejercicio 2025.

Datos actualizados el 11/06/2025

Instituto para la Transición Justa (ITJ): Ayudas dirigidas a pequeños proyectos de inversión que generen o mantengan el empleo, promoviendo el desarrollo alternativo de las zonas de transición justa, para el ejercicio 2025.

Convocatoria abierta Fecha de cierre: 11/08/2025

Finalidad

Promover la localización de pequeños proyectos de inversión empresarial en las zonas afectadas por el cierre de explotaciones de carbón, de centrales térmicas de carbón y centrales nucleares, así como su entorno, con el fin último de generar actividades económicas alternativas en dichas zonas, con la consiguiente creación de nuevos puestos de trabajo o mantenimiento de los ya existentes para incentivar el desarrollo de estas zonas, considerando su condición de regiones desfavorecidas.

Modalidad

Subvenciones a fondo perdido para la realización de inversiones en MUNICIPIOS DE TRANSICIÓN JUSTA.



 

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Acciones Subvencionables

Podrán ser objeto de ayuda los pequeños proyectos de inversión empresarial que generen o mantengan el empleo, pertenecientes a todas las actividades económicas susceptibles de recibir ayudas, con las excepciones señaladas en el artículo 7 de las bases reguladoras.

De manera excepcional los proyectos que conlleven actividades de bares, restaurantes, peluquerías y comercio minorista podrán ser elegibles en municipios y entidades colectivas de población de menos de 500 habitantes que pertenezcan a «municipios de reto demográfico» en el ámbito de aplicación de estas ayudas. Los proyectos de inversión en establecimientos de comercio al por menor de productos producidos por el promotor en municipios del anexo I serán elegibles, en municipios de reto demográfico, con independencia de la población de la entidad colectiva en la que se localicen.

Los «municipios de reto demográfico» se definen como aquellos con una población igual o inferior a los 5.000 habitantes y los municipios no  urbanos  de  hasta  20.000  habitantes  en  los  que  todas  sus  entidades  singulares  de población sean de hasta 5.000 habitantes.

Conceptos Subvencionables

  • Terrenos y obra civil (con aplicación de módulos).
  • Bienes de equipo, instalaciones, maquinaria y utillaje (exceptuando elementos de transporte exterior).
  • Planificación, ingeniería de proyecto y dirección facultativa.
  • Otras inversiones materiales.
  • Activos inmateriales (no podrá superar el 25% de la base calculada como la suma de las partidas de terrenos, obra civil y equipos de inversión subvencionable).
  • Costes indirectos (7% de los costes directos subvencionables).

Activos de primer uso o de primera adquisición. En el caso de activos de segunda mano se necesitará certificación de tasador oficial.

Los bienes destinados al alquiler tampoco se considerarán subvencionables.

 

Requisitos

  • Importe subvencionable mínimo de 30.000 € y máximo de 500.000 €.
  • No haber iniciado las inversiones con anterioridad a un año desde la fecha de solicitud de ayuda
  • Solamente podrán ser subvencionables aquellos gastos realizados en fecha posterior a la de presentación de la solicitud de ayuda.
  • El plazo máximo de ejecución de los proyectos se fija en 18 meses, tanto para la creación/mantenimiento del empleo, como para la ejecución y puesta en funcionamiento de la inversión subvencionada desde la fecha de la resolución definitiva de concesión.
  • Obligación de mantener el empleo durante al menos 3 años.
  • Para empresas de nueva creación o aquellas que no cuenten con plantilla inicial a la fecha de solicitud será necesario crear un puesto de trabajo.

Cuantía

La cuantía será el resultado de aplicar un % sobre el importe de la inversión subvencionable y tiene dos componentes (inversión y empleo). El porcentaje variará en función del tamaño de la empresa.

Tamaño de la empresa Intensidad máxima componente inversión Intensidad máxima total
Pequeña empresa 25 % 50 %
Mediana empresa 20 % 40 %
Gran empresa 15 % 30 %

 

En todo caso, al tratarse de una ayuda sujeta al régimén de mínimis, la cuantía nunca podrá ser tal que supere el límite de 300.000 € en un periodo de tres años.

Beneficiarios

  • Autónomos
  • Comunidades de Bienes
  • Pymes
  • Grandes empresas
  • Agrupaciones integradas por personas físicas o jurídicas.

Plazo de presentación

Del 11 de junio de 2025 al 11 de agosto de 2025.

Información y tramitación

Instituto para la Transición Justa (ITJ)

Paseo de la Castellana, 160, planta 7ª
28071 Madrid
Teléfono: 916 03 29 14
Correo electrónico: territorios@transicionjusta.gob.esempresas@transiciónjusta.gob.es

atasturias@transicionjusta.gob.es

 

Información general:

Agencia SEKUENS
Teléfono: 985 10 19 10

 

 

Medidas de información y publicidad de las actividades o actuaciones subvencionadas

Formulario de solicitud

Documentación justificativa para solicitar el pago de la ayuda