a FECYT: Ayudas para el fomento de la cultura científica, tecnológica y de la innovación.

Datos actualizados el 13/12/2022

FECYT: Ayudas para el fomento de la cultura científica, tecnológica y de la innovación.

Convocatoria cerrada

Finalidad

Incrementar la cultura científica y tecnológica de la sociedad, la difusión de los resultados de investigación y de la innovación financiados con fondos públicos, la participación ciudadana en las actividades de investigación, la mejora de la educación científico–técnica de la sociedad en todos los niveles, y la profesionalización de la comunicación científica. 

Modalidad

Subvención.

Acciones Subvencionables

La categorización de proyectos es la siguiente:

  • Proyectos de comunicación social de la ciencia y la tecnología: esta categoría incluye los proyectos de comunicación social de la ciencia y la tecnología, de cualquier temática, y dirigidos a cualquier segmento de la población. Como novedad las grandes producciones audiovisuales, programas de planetario, y grandes exposiciones desarrolladas por entidades culturales, artísticas, museos o centros de ciencia, que por la complejidad de su producción requieran más tiempo para su desarrollo, y por ello podrán con un período de ejecución de hasta 24 meses.
  • Programa anual de actividades UCC+I, unidades que se especializan en periodismo científico, divulgación y otras actividades de cultura científica y que han de operar en colaboración por todo el territorio español, como canal de comunicación entre los investigadores y la sociedad.
  • Ferias de la Ciencia, en las que jóvenes estudiantes no universitarios con la ayuda de sus profesores exponen proyectos experimentales llevados a cabo en los centros escolares, persiguen poder establecer mecanismos para el intercambio de experiencias y el aprovechamiento de recursos entre las entidades que las ponen en marcha.
  • Proyectos Singulares: bajo la etiqueta de proyectos singulares se financiarán, con períodos de ejecución de hasta 24 meses, tres tipos de proyectos con unas características muy concretas en cuanto al tipo de entidades que pueden solicitarlo, el modo de presentación y los objetivos:
    • Ciencia ciudadana. Proyectos de Ciencia Ciudadana entendida como cualquier actividad que involucra al público en la investigación científica, presentados en coordinación con al menos una universidad o un organismo público de investigación, además de, al menos, uno de los tres siguientes actores: sociedad civil organizada, tejido productivo o empresarial e instituciones públicas. Esta categoría de proyectos singulares se lleva a cabo en colaboración con el Ministerio de Universidades, con el objetivo de democratizar el conocimiento y la ciencia que se produce en las universidades.
    • Cultura de la innovación. Para la financiación de acciones que fomenten la cultura de la innovación en España. Deben ser proyectos presentados en coordinación por un mínimo de tres entidades pertenecientes a diferentes ejes de lo que se conoce como cuádruple hélice (administración pública, empresas, sociedad civil y sector del conocimiento) que participen en alguna de las etapas del proceso innovador.
    • Arte, ciencia y tecnología. Proyectos que planteen sinergias entre esos tres ámbitos para la resolución, a través de un proceso de investigación, de las cuestiones que nos plantea el mundo en el que vivimos, presentados en colaboración con un mínimo de: un agente del ámbito de la creación y producción artística nacional actual (artistas, museos, fundaciones, etc.) y otro proveniente de la investigación científica nacional (centros de investigación, universidades, etc.).

Conceptos Subvencionables

Las ayudas se destinarán a cubrir los gastos relacionados con el desarrollo y ejecución de las actividades para las que hayan sido concedidas. Se considerará gasto realizado el que se lleve a cabo dentro del periodo de ejecución para el que se conceda la ayuda y sea efectivamente pagado antes del vencimiento del plazo para la presentación de la justificación de la ayuda.

Podrán ser objeto de ayuda los siguientes conceptos directos de ejecución:

1º. Costes de personal.

2º. Costes de movilidad.

3º. Adquisición de material fungible, suministros y productos similares, directamente relacionados con la ejecución de las actividades objeto de ayuda.

4º. Los costes de consultoría, asesoramiento de la realización de estudios, preparación de actuaciones formativas, evaluación, difusión, publicidad, y servicios equivalentes, destinados de manera exclusiva a la ejecución directa de la actividad objeto de la ayuda, siempre que no constituyan en sí mismos parte esencial de la actividad financiada.

5º. Los costes de alquiler de salas, traducción, organización de conferencias, eventos, congresos, seminarios y reuniones.

6º. Los costes de utilización de servicios centrales del organismo siempre y cuando tengan tarifas públicas.

7º. Gastos derivados de la garantía bancaria exigida por la correspondiente convocatoria.

8º. El coste derivado del informe de auditoría, hasta un límite de 1.200 euros por ayuda concedida. 

9º. Otros costes de carácter menor o auxiliar no contemplados en los anteriores apartados que se deriven de la actuación y que sean necesarios para su ejecución.

Requisitos

La actividad objeto de ayuda se realizará dentro del periodo máximo de ejecución establecido para cada una de las categorías, debiendo estar este comprendido entre el 1 de julio de 2023 y el 30 de junio de 2025 e iniciarse a lo largo del año 2023.

Cuantía

Se asignará hasta una cuantía máxima del 60 % del coste total de las actuaciones objeto de la solicitud presentada con un límite máximo de 150.000 euros por solicitud. 

Beneficiarios

Las siguientes personas jurídicas que estén válidamente constituidas, y tengan residencia fiscal o establecimiento permanente en España, entre otras:

  • Centros privados de I+D que tengan definida en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social a la I+D+i como actividad principal.
  • Centros privados de I+D que realicen transferencia tecnológica o difusión y divulgación tecnológica y científica. Estas funciones deberán estar definidas en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social.
  • Cualesquiera otras personas jurídicas, públicas o privadas, mercantiles o sin ánimo de lucro, que realicen actividades de I+D+i, o generen conocimiento científico o tecnológico, o faciliten su aplicación y transferencia, o contribuyan a la educación, difusión y divulgación científicas. Estas funciones deberán estar definidas en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social.

Plazo de presentación

Hasta el 26 de enero de 2023 a las 13:00 horas (hora penínsular española)

Información y tramitación

Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, F.S.P. (FECYT)

C/ Pintor Murillo, 15

28100 Alcobendas (Madrid)

Teléfono: 914 25 09 09

comunicacion@fecyt.es

Solicitud y documentación