a Ayuda no IDEPA - Subvenciones para la mejora del parque de maquinaria, equipos de trabajo, instalaciones u otros elementos de inmovilizado o bienes de equipo, que supongan la eliminación o reducción de riesgos laborales

Datos actualizados el 04/04/2025

IAPRL: Subvenciones para la mejora del parque de maquinaria, equipos de trabajo, instalaciones u otros elementos de inmovilizado o bienes de equipo, que supongan la eliminación o reducción de riesgos laborales

Convocatoria cerrada

Finalidad

Mejorar el parque de maquinaria, equipos de trabajo, instalaciones u otros elementos de inmovilizado que supongan la eliminación o reducción de riesgos laborales.

Modalidad

Subvención a fondo perdido.

Acciones Subvencionables

Las actuaciones subvencionables deberán haberse efectuado en su integridad (realizadas, facturadas y pagadas) desde el 4 de octubre de 2024 hasta el 3 de octubre de 2025

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES:

a) Las inversiones dirigidas a la mejora del parque de maquinaria y equipos de trabajo, instalaciones u otros elementos del inmovilizado o bienes de equipo,que se describen a continuación :

  • Los anclajes y dispositivos anticaídas especificados en la convocatoria.
  • Móviles automotores cuyo uso implique riesgo de vuelco, excluidos los empleados en el transporte por carretera, marítimo o aéreo de pasajeros y mercancías.
  • Las categorías de máquinas incluidas en el Anexo IV del Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, por el que se establecen las normas de comercialización y puesta en servicio de las máquinas. 
  • Los empleados para la elevación de carga y sus accesorios.

b) Adquisiciones y/o adaptaciones que supongan la eliminación o el adecuado control del riesgo de exposición a agentes químicos, físicos o biológicos.

c) Adquisiciones o modificaciones que supongan la adaptación a puestos de trabajo compatibles con las trabajadoras embarazadas o en periodo de lactancia..

d) Adquisiciones y/o adaptaciones que supongan la eliminación o reducción significativa de los riesgos del sistema músculo-esquelético y particularmente de los riesgos derivados de movimientos repetitivos, posturas forzadas y manejo manual de cargas..

Cuantía

La cuantía máxima de la ayuda será como máximo del 40% del coste subvencionable, siempre que no supere el siguiente importe máximo:

  • 4.000 euros cuando el solicitante sea un Centro Especial de Empleo sin ánimo de lucro.
  • 20.000 euros para el resto de solicitantes.

Estas ayudas se acogen al régimen de mínimis.

Beneficiarios

Podrán tener la condición de personas o entidades beneficiarias todos los centros especiales de empleo sin ánimo de lucro y las empresas, sean éstas personas físicas o jurídicas (incluidas las comunidades de bienes, los centros especiales de empleo con ánimo de lucro y los trabajadores autónomos), cualquiera que sea su sector de actividad, que a fecha de presentación de su solicitud cumplan los siguientes requisitos:

  • Que ocupen trabajadores por cuenta ajena que presten servicios en el Principado de Asturias. Los trabajadores que figuren contratados a fecha de presentación de la solicitud deberán haber sido dados de alta, al menos un mes natural antes de dicha fecha.
  • Que hayan realizado o vayan a realizar actividades o proyectos que sean subvencionables y que repercutan en dichos trabajadores.

Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 28 de abril de 2025.

Información y tramitación

Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica
Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales 
Avda. del Cristo, 107 
33006 Oviedo 
Tel.: 985 10 82 75 
Correo electrónico