a Ayuda no IDEPA - Ayuntamiento de Gijón/Xixón. Diversificación de mercados 2025

Datos actualizados el 18/03/2025

Ayuntamiento de Gijón/Xixón. Diversificación de mercados 2025

Convocatoria abierta Fecha de cierre: 20/10/2025

Finalidad

Incentivar la realización de actuaciones, por parte de empresas de Gijón, tendentes a la apertura de nuevos mercados o a la mejora de la comercialización de sus productos o servicios, participando como expositores con stand propio o como visitantes, en ferias comerciales, congresos, u otros encuentros/eventos especializados que tengan carácter internacional y que contribuyan a la apertura de nuevos mercados, dar a conocer los productos y/o servicios de estas empresas de Gijón, dando prioridad a aquellas cuya actividad esté enmarcada de las siguientes áreas de especialización territorial: Vida Saludable y Economía Plateada, Gijón Azul y Gijón Creativo.

Modalidad

Subvención a fondo perdido en régimen de concurrencia competitiva.

Conceptos Subvencionables

  • Gastos correspondientes a desplazamientos: Billetes de avión, tren, combustibles, peajes, taxi, etc.
  • Gastos de alojamiento del personal de la empresa, sea socio/a o personal contratado.
  • Cuota de inscripción, o en su caso, entrada para la correspondiente feria, congreso o encuentro/evento especializado de carácter internacional.
  • Gastos relativos a la instalación y acondicionamiento del stand: canon de ocupación, diseño, montaje.
  • Gastos necesarios para la participación online (aplicaciones, plataformas, etc.), en el caso de ferias, congresos o eventos/encuentros especializados de carácter internacional, que se celebren en modalidad virtual.
  • Otros gastos relacionados directamente con la actividad que no tengan cabida en los puntos anteriores, debiendo acreditarse su idoneidad mediante declaración expresa del beneficiario/a, debiendo justificarse de forma clara la vinculación del gasto con el objeto de la subvención. 

Para el cálculo de los gastos subvencionables en dietas, viajes y desplazamientos así como las pernoctaciones, se tomará como referencia lo establecido en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, entendiéndose como no subvencionables aquellas cuantías que sobrepasen los límites establecidos en la norma.

Todos los gastos deberán estar referidos al período de celebración de la feria, congreso o evento/encuentro especializado de carácter internacional. Se admitirán facturas de gastos que tuvieran fecha de emisión anterior o posterior a las fechas de celebración del evento, siempre que en el cuerpo de la factura figure detalladamente descripción de la relación entre el gasto y el evento en cuestión

Requisitos

Los beneficiarios/as de esta ayuda deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Tamaño de las empresas: Podrán ser beneficiarios/as de esta ayuda empresas que tengan una plantilla media anual inferior o igual a 50 trabajadores/as (en los 6 meses inmediatamente anteriores a la fecha de finalización del plazo de solictitud de la ayuda)
  • Volumen de negocios: Podrán ser beneficiarios/as de esta ayuda empresas que tengan un volumen de negocios anual inferior o igual a 10 millones de euros (en el año inmediatamente anterior al de solicitud de la ayuda).

Cuantía

Los proyectos presentados deberán alcanzar una puntuación mínima de 50 puntos para acceder a la subvención.

  • La cuantía máxima de la subvención ascenderá a 2.000 € por cada beneficiario, que participe en la feria, congreso o evento/encuentro especializado como expositor con stand propio, si la actividad del beneficiario, además, se encuentre enmarcada en cualquiera de las áreas de especialización territorial este importe ascenderá a 3.000 €.
  • La cuantía máxima de la subvención ascenderá a 750,00 € por cada beneficiario que asista a la feria, congreso o evento/encuentro especializado en calidad de visitante

Se establece un límite de concesión de cuatro eventos por beneficiario en el ámbito temporal de la Convocatoria (entre el 1 de octubre de 2024 y el 30 de septiembre de 2025), 2 en calidad de expositor y 2 en calidad de visitante, independientemente de que la empresa haya participado en cada uno de los eventos en el período correspondiente al primer o en el segundo plazo de solicitud.

La subvenciones concedidas con arreglo a esta convocatoria, no superarán la cuantía máxima de 7.500 € / Convocatoria:

Beneficiarios

Personas físicas o jurídicas, sociedades civiles o comunidades de bienes legalmente constituidas, con domicilio social, domicilio fiscal y centro de trabajo ubicado en Gijón.

Plazo de presentación

Se establecen dos plazos de presentación de las solicitudes, de la forma siguiente:

Primer plazo de solicitud: Hasta el 7 de abril, para aquellas ferias, congresos o eventos/encuentros especializados de carácter internacional desarrollados entre el 1 de octubre de 2024 y el 31 de marzo de 2025.

Segundo plazo de solicitud: Del 1 al 20 de octubre de 2025, para aquellas ferias, congresos, o eventos/encuentros especializados de carácter internacional desarrollados entre el 1 de abril de 2025 y el 30 de septiembre de 2025.

Información y tramitación

Ayuntamiento de Gijón
Edificio Impulsa
Parque Científico Tecnológico. C./ Los Prados, 166.
33203 Gijón
Tf.: 984 84 71 00

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