a Ayudas públicas a eventos profesionales para la internacionalización de las industrias culturales y creativas

Datos actualizados el 01/03/2024

Ayudas públicas a eventos profesionales para la internacionalización de las industrias culturales y creativas

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Convocatoria cerrada

Finalidad

Impulsar el crecimiento del sector cultural español en el exterior, mediante el apoyo al acceso y la participación de sus empresas y profesionales en los mercados internacionales.

Modalidad

Subvenciones a fondo perdido.

Acciones Subvencionables

La organización de plataformas, foros, eventos, jornadas, ferias, festivales, congresos o encuentros de carácter profesional e impacto internacional relativas a las industrias culturales y creativas, tanto en territorio español como en el extranjero. Todas las actividades propuestas deberán contar con impacto internacional y un alto interés cultural y profesional. Las actividades deberán desarrollarse entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2025.

Conceptos Subvencionables

Todos aquellos generados directamente en la realización de las actividades para las que se concede la ayuda, excluido el IVA, y durante el plazo de ejecución del proyecto, siempre que se hayan relacionado y cuantificado, y que hayan sido efectivamente pagados con anterioridad a la finalización del plazo de justificación. Con carácter enunciativo y no limitativo será subvencionables los siguientes gastos:

  • Gastos correspondientes a las retribuciones del personal laboral fijo o eventual dependiente de las entidades beneficiarias, siempre y cuando se trate de gastos directamente relacionados con la organización y el desarrollo de la actividad subvencionada.
  • Gastos correspondientes a la contratación de servicios técnicos para la realización de la actividad subvencionada, incluyendo los gastos de investigación.
  • Alquileres de la maquinaria o el equipamiento necesarios para el desarrollo de la actividad subvencionada.
  • Alquileres de locales necesarios para el desarrollo de la actividad subvencionada (excluido el alquiler de la sede social del beneficiario).
  • Gastos de propiedad industrial e intelectual.

Cuantía

El importe individualizado de cada una de las ayudas atenderá a la necesidad de financiación declarada por el solicitante y tendrá como tope máximo la cantidad de 60.000 euros sin que pueda superar el 80% del coste total del proyecto.

Beneficiarios

Microempresas, pequeñas y medianas empresas, de nacionalidad española, de cualquier Estado miembro de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, que tengan su residencia fiscal en España.

Quedan excluidas, entre otras, las personas físicas, aunque estén inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y las comunidades de bienes (C.B.)

Plazo de presentación

Hasta el 21 de marzo de 2024

Información y tramitación

Ministerio de Cultura y Deporte
Subsecretaría de Cultura y Deporte
Dirección General de Industrias Culturales, Propiedad Intelectural y Cooperación
Subdirección General de Promoción de Industrias Culturales y Mecenazgo

Plaza del Rey, 1, 1ª Planta
28071 Madrid

Tel.: 697 219 951 / 697 219 952


Email: ayudas.industriasculturales@cultura.gob.es

Para cualquier incidencia técnica en la Sede Electrónica debe escribir a: soporte.sede.sec@cultura.gob.es