Protección de diseños industriales

El Diseño Industrial hace referencia al aspecto ornamental o estético de un artículo. El diseño industrial puede consistir en rasgos en tres dimensiones, como la forma o la superficie de un artículo, o rasgos en dos dimensiones, como el dibujo, las líneas o el color.

Los diseños industriales se aplican a una amplia variedad de productos de la industria y la artesanía: instrumentos técnicos, artículos de lujo, electrodomésticos, vehículos, estructuras arquitectónicas, estampados textiles, etc.

Un diseño industrial debe ser no funcional. Esto significa que el carácter de un diseño industrial es esencialmente estético y la legislación no protege ninguno de los rasgos técnicos del artículo al que se aplica.

Podrán registrarse los diseños que sean nuevos y posean carácter singular.

 
  • Un diseño es nuevo cuando ningún otro diseño idéntico haya sido hecho accesible al público antes de la fecha de presentación de la solicitud de registro o, si se reivindica prioridad, antes de la fecha de prioridad.
  • Un diseño posee carácter singular cuando la impresión general que produzca en el usuario informado difiera de la impresión general producida en dicho usuario por cualquier otro diseño que haya sido hecho accesible al público antes de la fecha de presentación de la solicitud de registro o, si se reivindica prioridad, antes de la fecha de prioridad.

Debe también ser visibles, ya que no se protegen elementos que permanecen ocultos en su uso habitual.

La validez de la protección conferida por los Diseños Industriales es de cinco años contados desde la fecha de presentación de la solicitud de registro, y podrá renovarse por uno o más períodos sucesivos de cinco años hasta un máximo de veinticinco años computados desde dicha fecha.

La Clasificación de Locarno establece una Clasificación Internacional para los Diseños Industriales, basada en un tratado multilateral administrado por la OMPI, el Arreglo de Locarno, concertado en 1968. 

 

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