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Datos actualizados el 24/01/2023
Programa TICCámaras de apoyo a la incorporación de las TIC en las pymes
Finalidad
Concesión de ayudas a las empresas en el programa TICCámaras, mediante la puesta a disposición de los servicios de Diagnóstico Asistido de TIC e Implantación, con el objetivo principal de impulsar la incorporación sistemática de las TIC a la actividad habitual de las pymes, como herramientas competitivas claves en su estrategia, así como maximizar las oportunidades que ofrecen para mejorar su productividad y competitividad.
Modalidad
Subvención a fondo perdido.
Acciones Subvencionables
El Programa se materializa a través de las siguientes acciones de apoyo directo:
- Diagnóstico Asistido de TIC: análisis exhaustivo del nivel de digitalización de la empresa, que permite conocer el esquema y situación del nivel de competitividad de la misma en su entorno económico y de mercado, así como identificar sus necesidades tecnológicas. A través de este diagnóstico se determinarán una serie de recomendaciones para la implantación de soluciones pertenecientes a una de las tres líneas siguientes:
- Utilización de las TIC para la mejora de la competitividad: herramientas de productividad, ERP, CRM.... con clara orientación a la nube (cloud computing).
- Comercio electrónico.
- Marketing digital: SEO, SEM, email marketing, analítica web, social media, reputación online, aplicaciones móviles o cualquier otra herramienta, buen práctica o tendencia tecnológica que aparezca en el mercado
- Ayudas económicas para la implantación: conforme a un plan personalizado de implantación que recogerá las características de los proyectos a implantar, los proveedores seleccionados libremente por la empresa para acometer los mismos y la financiación comprometida.
Cuantía
SERVICIOS DE APOYO PARA LA IMPLANTACIÓN DE LAS TIC EN LAS PYME
Estos servicios son gratuitos para las empresas y se realizan en el marco de las funciones de carácter públicoadministrativo encomendadas a las Cámaras de Comercio en la Ley Básica 4/2014, para fortalecer el tejido
empresarial. En concreto, los servicios prestados por los Asesores Tecnológicos camerales son:
- Fase I - Diagnóstico Asistido de TIC (DAT)
- Fase II - Plan Personalizado e Implantación (PPI)
Estos servicios serán cofinanciados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
El coste de estos servicios será prefinanciado en su totalidad por la Cámara de Comercio, no suponiendo desembolso alguno por parte de la PYME beneficiaria.
AYUDAS ECONÓMICAS PARA LA IMPLANTACIÓN DE LAS TIC EN LAS PYME
El porcentaje máximo de ayuda la a percibir por cada empresa será del 80% de la inversión realizada sobre un oste máximo elegible de 7.000 €, por lo que la cuantía máxima de la ayuda será de 5.600 euros. El IVA, IGIC e impuestos de naturaleza similar no serán elegibles
El referido coste elegible asociado a la implantación de las soluciones incluidas en la fase II será variable en cada caso, fijándose un máximo de 7.000 € que serán pre financiados en su totalidad por la empresa destinataria, quien recuperará el 80% del coste elegible asociado a la inversión realizada según los términos y cuantías acordados en su plan de implantación, siempre y cuando se justifique la inversión realizada en los términos y plazos acordados.
La financiación del importe elegible para el desarrollo de la implantación es aportada en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea en el Programa Operativo Plurirregional de España FEDER 2014-2020 (POPE) y en un 20% por la empresa beneficiaria.
En el marco del Programa no se excluye que las PYME pueda abordar implantaciones de mayor cuantía, si bien la intensidad de la ayuda no excederá del 80% de la inversión realizada sobre el máximo de 7.000 € por empresa.
Beneficiarios
Los requisitos para ser beneficiario del Programa son:
- Ser una pyme o autónomo.
- Estar dada de alta en el Censo IAE. Independientemente de los epígrafes del IAE en los que estén dadas de alta, quedan exceptuadas aquellas empresas que operen en los sectores de la pesca, la acuicultura, el carbón y la producción primaria de los productos agrícolas que figuran en la lista del Anexo I del TFUE.
- No encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones a que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o normativa aplicable en la materia propia de la Comunidad Autónoma correspondiente.
- Tener su domicilio social y/o centro productivo en alguno de los municipios de la demarcación de las Cámaras de Comercio de Avilés, Gijón u Oviedo. En el caso de que una empresa posea varias sedes, centros productivos, delegaciones, sucursales, etc. El centro destinatario y directamente beneficiario ha de estar ubicado en alguno de los municipios anteriormente citados.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- Cumplir la norma de minimis, según lo dispuesto en el Reglamento UE Nº1407/2013, de la Comisión, de 18.12.2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DO L 352 de 24.12.2013)1 (la ayuda total de minimis concedida a una única empresa no será superior a 200.000 euros o 100.000 euros en el caso de las empresas que operen en el sector transporte por carretera, durante cualquier período de tres ejercicios fiscales).
- Poseer intención de mejorar su competitividad a través de la aplicación de las TIC en los procesos que se determinen a través del diagnóstico practicado y estar dispuesta a cumplir las condiciones del Programa.
- No haber resultado beneficiaria de la Fase II del Programa en anteriores anualidades, con posterioridad al 31/12/2015.
- Las empresas podrán acogerse a la Fase II si han justificado documentalmente su participación previa en la Fase I del Programa, en la presente convocatoria o dentro de la anualidad anterior a la misma, y que no hayan sido beneficiarias de Fase II; o si acreditan haber participado en el último año en un Programa similar de Asesoramiento en la incorporación de las TIC en las pymes, de organismos de Promoción de las TIC de las Comunidades Autónomas, de organismos públicos regionales o locales o de Cámaras de Comercio, siempre que cumplan los requisitos del anexo a la presente convocatoria.
- Cumplir con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación en relación la obligación que le impone el art 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Cumplir la totalidad de los requisitos exigidos en la convocatoria.
Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes se abre el 25 de enero de 2023 a partir de las 9:00 horas y finalizará el día 31 de enero de 2023 a las 14:00 horas.
Información y tramitación
La convocatoria de ayudas así como el modelo de solicitud de participación, podrán descargarse de las páginas Web siguientes:
La Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Avilés: (sede electrónica Cámara de Avilés)
La Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Gijón: (sede electrónica Cámara de Gijón)
La Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Oviedo (sede electrónica Cámara de Oviedo)
Información:
Cámara de Comercio de Avilés
Plaza de Camposagrado, 1 - 33402 – Avilés
Tno.: 985.544.111
Email: cinterior@avilescamara.es
Cámara de Comercio de Gijón
Ctra. Piles al Infanzón, 652 – 33203 - Gijón
Tno.: 985.180.180
Email: infocamara@camaragijon.es
Cámara de Comercio de Oviedo
Área de Desarrollo Empresarial
C/ Quintana, 32 – 33009 – Oviedo
Tno.: 985.207.575
Email: aempresarial@camara-ovi.es