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Subvenciones destinadas a la mejora de la competitividad, innovación y digitalización del pequeño y mediano comercio del Principado de Asturias.
Datos actualizados el 27/02/2024
Subvenciones destinadas a la mejora de la competitividad, innovación y digitalización del pequeño y mediano comercio del Principado de Asturias.
Finalidad
Mejorar los sistemas de gestión de las pymes del sector mediante la aplicación de nuevas herramientas tecnológicas de información y comunicación que permitan su adaptación a los nuevos modelos de consumo y desarrollo tecnológico, y proporcionen a los comercios una mayor capacidad de gestión, conectividad, integración, visibilidad e interoperabilidad.
Modalidad
Subvención a fondo perdido en régimen de concurrencia competitiva.Acciones Subvencionables
Serán subvencionables las actuaciones que permitan a los comercios lograr una mayor capacidad de gestión, conectividad, integración, visibilidad e interoperabilidad y que se materialicen en los conceptos que se relacionan a continuación:
- Implantación de comercio electrónico: Se subvencionará la creación de paginas web con venta on line, así como la optimización de paginas web existentes, cuyo contenido verse exclusivamente sobre la actividad comercial desarrollada en el Principado de Asturias y siempre que se ajusten a las especificaciones que se señalan en la convocatoria.
- Implantación de sistemas integrados relacionados con cualquier ámbito de gestión de la pyme comercial: El software de gestión a implantar deberá incluir las características y funcionalidades mínimas que se expresan en la convocatoria.
- Mejora de la imagen digital: Será subvencionable la creación de contenidos audiovisuales de promoción del comercio y sus productos.
Conceptos Subvencionables
Serán gastos subvencionables los que se detallan en el resuelvo 5 de la convocatoria, siempre que hayan sido realizados y pagados entre el 1 de julio de 2023 y el 31 de mayo de 2024, ambos inclusive.
NO serán subvencionables en ningún caso:
- Software de propósito general.
- Cursos de formación.
- Hardware e instalaciones de red.
- El importe correspondiente al Impuesto sobre el Valor Añadido, así como cualquier otro tributo.
- El importe de las facturas justificativas inferiores a 50 euros, IVA incluido.
- Los gastos realizados por el propio beneficiario o concertados con personas o entidades vinculadas con el mismo.
Requisitos
- Tener domicilio social y fiscal en Asturias.
- Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Administración del Estado y frente a la Seguridad Social, no ser deudor de la Hacienda del Principado de Asturias y no resultar incurso en ninguna de las prohibiciones recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
- El establecimiento comercial minorista debe estar ubicado en:
- Áreas comerciales o centros comerciales abiertos, entendiendo como tales aquellas calles o zonas comerciales ubicadas en los cascos urbanos. Los establecimientos deben localizarse a pie de calle.
- Galerías, centros comerciales integrados y mercados minoristas municipales.
- Núcleos rurales. Los establecimientos deben localizarse a pie de calle.
- La actividad principal desarrollada en el establecimiento deberá corresponder con alguno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas señalados en el Anexo Relación Epígrafes IAE de la convocatoria.
- El alta efectiva en el Impuesto de Actividades Económicas debe coincidir o ser anterior a la fecha de presentación de la solicitud.
- La superficie útil de exposición y venta al público del establecimiento objeto de la subvención no podrá superar 600 m2.
- A la fecha de la solicitud de subvención, el establecimiento comercial deberá figurar inscrito en el Registro de Empresas y Actividades Comerciales (REAC) o bien haber solicitado y reunir los requisitos necesarios para dicha inscripción.
Cuantía
La cuantía de la subvención será el 80% de la inversión subvencionable.
Beneficiarios
- Personas físicas o jurídicas, agrupaciones de personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituidas, que tengan la consideración de PYMES comerciales, que realicen su actividad en establecimientos comerciales ubicados en Asturias.
- Cooperativas agrarias, sociedades agrarias de transformación (sat´s) y cooperativas de comercio siempre que estén implantadas en núcleos rurales y su actividad comercial esté destinada fundamentalmente al abastecimiento de productos de primera necesidad.
Plazo de presentación
Hasta el 31 de mayo de 2024.Información y tramitación
Las solicitudes se presentarán obligatoriamente a través del formulario electrónico disponible en la sede electrónica del Principado de Asturias a la que se accede a través de la siguiente dirección https://sede.asturias.es/, código de procedimiento AYUD0351T01 para la Línea de ayudas destinada a pequeñas y medianas empresas del sector comercial.
Consejería de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico
Dirección General de Comercio
Servicio de Gestión y Calidad Comercial.
Plaza España 1, 33007 Oviedo (Asturias)
Teléfono: 985 10 66 70