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Abierto el plazo de solicitudes de la segunda convocatoria de ayudas del IDEPA a proyectos empresariales para Pymes y Pymes turísticas
Fecha de publicación el 28/08/2020
Abierto el plazo de solicitudes de la segunda convocatoria de ayudas del IDEPA a proyectos empresariales para Pymes y Pymes turísticas
Si te has quedado sin presentar tu solicitud en la primera convocatoria, ahora podrás hacerlo solicitando tu ayuda en la segunda convocatoria de subvenciones de proyectos empresariales para Pymes y Pymes turísticas que ya se encuentra abierta hasta el 23/10/2020 a las 14.00 horas.
Estas dos acciones permiten subvencionar el coste de los avales de la línea COVID-19 de Asturgar,mediante la cual las empresas asturianas podrán acceder a préstamos avalados para aliviar las tensiones de tesorería y poder así continuar con su actividad de forma competitiva. Está orientada a operaciones de liquidez, incorporando las mejores condiciones financieras, ya que los tipos de interés máximos serán del 1,50% a tipo fijo o del Euribor a 12 meses + 1,50%, en caso de optarse por tipo de interés variable. El IDEPA, por su parte, subvencionará el 100% de los costes del aval. Las solicitudes están disponibles ya y se realizan de forma sencilla y ágil a través de la plataforma digital Asturgar Online.
La convocatoria de proyectos empresariales para Pymes tiene, como objetivo la obtención de financiación destinada a la realización de proyectos empresariales que supongan un crecimiento y / o mejora competitiva de las empresas, mediante la línea de operaciones avaladas para financiación de proyectos empresariales siendo el presupuesto de esta segunda convocatoria de 478.152,12€.
En lo que se refiere a la convocatoria de proyectos empresariales para PYMES turísticas , con las mismas condiciones que la anterior. Podrán ser beneficiarios los alojamientos turísticos, restauración, actividades de intermediación y actividades de turismo activo. La dotación económica de la ayuda destinada a la segunda convocatoria es de 248.898,55€.
Por otro lado, es necesario que los beneficiarios de la primera convocatoria de estas ayudas realicen la justificación de la ayuda concedida, para que se pueda proceder a su pago.