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Ayuda no IDEPA - Ayudas a la acuicultura, comercialización y la transformación de los productos de la pesca y de la acuicultura
Datos actualizados el 24/01/2023
Ayudas a la acuicultura, comercialización y la transformación de los productos de la pesca y de la acuicultura
Finalidad
Concesión de ayudas dirigidas a la financiación de la acuicultura y a la transformación de los productos de la pesca y de la acuicultura.
Modalidad
Subvención a fondo perdido.
Acciones Subvencionables
Concesión de ayudas dirigidas a la financiación de las siguientes líneas de actuación:
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Acuicultura: Entendiéndose por tal la cría o cultivo de organismos acuáticos con técnicas encaminadas a aumentar su producción, por encima de las capacidades naturales del medio.
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Transformación y comercialización de los productos de la pesca y de la acuicultura: Conjunto de operaciones de la cadena de manipulación, tratamiento, producción y distribución desde el momento del desembarque o la recogida hasta la fase del producto final.
El proyecto a financiar ha de ser uno de los contemplados a continuación:
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Actuaciones en la acuicultura: Inversiones dirigidas a fomentar una acuicultura sostenible desde el punto de vista medioambiental, eficiente en el uso de los recursos, innovadora, competitiva y basada en el conocimiento. Será subvencionable la construcción de nuevas instalaciones, ya sean realizadas por empresas existentes o por nuevas empresas
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Actuaciones en el ámbito de la transformación y comercialización: inversiones dirigidas a fomentar la comercialización y la transformación, en el marco de los artículos 68 y 69 del Reglamento 508/2014.
Con carácter general, el proyecto objeto de subvención no puede iniciarse con anterioridad a la fecha en que se solicite la ayuda, debiendo certificarse por parte de la Dirección General de Pesca Marítima mediante un Acta de No Inicio. Se exceptúan de lo anterior los honorarios del proyecto y del estudio de viabilidad, los gastos relacionados con los permisos de obras y los anticipos a cuenta de la adquisición de maquinaria o terrenos que no superarán el 50% del coste final, a condición de que el montaje, la instalación, las obras y la puesta en funcionamiento no se haya efectuado antes de la fecha del reconocimiento de la no iniciación de la inversión. Excepcionalmente, se podrá iniciar el proyecto antes de la presentación de la solicitud, y siempre dentro de la anualidad, previa petición y justificación de la urgencia por parte del beneficiario, levantándose acta de no inicio al efecto por la Dirección General de Pesca Marítima.
Cuantía
La cuantía individualizada de cada ayuda será la que resulte de aplicar los siguientes coeficientes, conforme a los límites establecidos en la normativa comunitaria (Reglamento (UE) n.º 508/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca y en la normativa básica estatal:
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Contribución pública: 50% del gasto subvencionable.
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Contribución de los beneficiarios: 50% del gasto subvencionable.
En el caso de beneficiarios que no tengan la condición de micro, pequeña o mediana empresa, el porcentaje de contribución de los beneficiarios ascenderá al 70%.
Beneficiarios
Será beneficiaria la persona física o jurídica:
- En la línea de transformación de los productos de la pesca y de la acuicultura, únicamente podrán ser beneficiarios los que tengan la condición de micro, pequeña o mediana empresa.
- En la línea de Acuicultura y línea de Comercialización de los productos de la pesca y de la acuicultura, además de las pymes, podrán ser beneficiarios las empresas en general.
Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 23/02/23.
En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicada la ficha de servicio que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0075T01 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha dela página) en la que se encontrará información complementaria, el formulario normalizado de solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud.
Información y tramitación
Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial
Dirección General de Pesca Marítima
Servicio de Estructuras Pesqueras
Centro Integrado de Formación Profesional del Mar, 2ª planta
Avda. Príncipe de Asturias, s/n
33212 Gijón
Tel.: 985 312 711 / 985 312 890
Email: pesca-asturias@asturias.org
Web: Direccion General de Pesca