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Ayuda no IDEPA - Subvenciones a los artesanos del Principado de Asturias para inversiones en talleres de artesanía artística y creativa
Datos actualizados el 14/03/2023
Subvenciones a los artesanos del Principado de Asturias para inversiones en talleres de artesanía artística y creativa
Finalidad
Contribuir a la mejora del proceso productivo, de la calidad y creatividad, potenciando la compra de maquinaria auxiliar y la adecuación de los talleres a la actividad en ellos desarrollada así como posibilitar el recurso a acciones de promoción comercial de su actividad en el mercado.
Modalidad
Subvención a fondo perdido.
Acciones Subvencionables
El importe mínimo de inversión será de 1.200 € y el IVA no se considerará como gasto subvencionable en ningún caso.
La realización de las actuaciones objeto de subvención, así como la emisión de facturas y el abono de las mismas, deben estar comprendidos en el periodo que va entre el 16 de abril de 2022 y 15 de abril de 2023, ambos incluidos.
Conceptos Subvencionables
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Nueva implantación, modernización y reforma de talleres. Subvencionable únicamente la parte proporcional de la construcción destinada exclusivamente a taller.
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Adquisición de equipamiento: Maquinaria, instrumental.
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Desarrollo de proyectos de investigación artesanal de carácter técnico, artístico o comercial.
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Catálogos, folletos, bolsas, estuches y embalajes, trabajos fotográficos de talleres y obra con fines de expansión comercial.
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Envío de piezas a concursos.
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Ordenadores de sobremesa y periféricos destinados a aplicaciones de contabilidad, facturación, investigación y diseño, así como aplicaciones y programas dirigidos a los mismos fines.
Quedan expresamente excluidas las siguientes inversiones:
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Adquisición y alquiler de locales, así como los gastos relativos a proyectos, permisos, licencias y cuotas de Colegios Oficiales en lo relativo a nueva implantación o reforma de talleres
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Muebles, electrodomésticos, aparatos e instalaciones que no cumplan una función claramente relacionada con la actividad artesana desarrollada en los talleres.
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Adquisición de materias primas y consumibles que se utilicen durante el proceso de elaboración de los productos
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Suministros.
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Ordenadores portátiles o de bolsillo, fotocopiadoras, fax y aparatos de teléfono fijos o móviles.
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Equipos e instalaciones de seguridad y alarmas. Contratos de seguro.
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Publicidad en prensa, radio y televisión.
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Creación y mantenimiento de páginas web.
Cuantía
La cuantía de la subvención podrá ascender hasta el 40% de los gastos subvencionables recogidos en el resuelvo tercero, con las siguientes excepciones:
- Apartado 1º Nueva implantación, modernización y reforma de talleres: hasta 3.000€.
- Apartado 4º Catálogos, folletos, bolsas, estuches y embalajes, etc.: hasta el 20% de la inversión.
En ningún caso la cuantía total de la subvención por cada taller artesanal y año será superior a 5.000€. Si el límite del crédito disponible en esta convocatoria no permitiera la concesión de subvenciones por los importes máximos previstos, se procederá al prorrateo de éste entre los beneficiarios
Beneficiarios
Personas físicas y jurídicas, residentes en Asturias que estén inscritas o hayan cursado inscripción en el Registro de Empresas y Talleres Artesanos del Principado de Asturias (RARTE), siempre que su inscripción se haya resuelto de forma positiva con anterioridad a la propuesta de resolución de concesión de estas subvenciones.
Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 15 de abril de 2023.
Información y tramitación
Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica
Dirección General de Comercio, Emprendedores y Economía Social
Servicio de Gestión y Calidad Comercial
Plaza de España, 1-1ª planta
33007 Oviedo
Tfno. : 985 106 670