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Volver Imprimir Compartir Twitter Facebook Google+ Datos actualizados el 24/06/2024 Fundación Biodiversidad: Ayudas para el impulso de la economía circular en el sector del plástico. Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Convocatoria cerrada Información ayuda Legislación Organismo gestor Finalidad Mejorar la sostenibilidad y circularidad de los procesos industriales y empresariales del plástico mejorando la competitividad e innovación del tejido industrial en el marco de una economía circular. Modalidad Subvención a fondo perdido. Acciones Subvencionables Serán subvencionables las actuaciones que reduzcan el consumo de materias primas vírgenes, reduzcan la generación de residuos y/o mejoren la gestión de residuos en alguna de las siguientes categorías y subcategorías: Las actuaciones subvencionables enmarcadas en la categoría de investigación y desarrollo . Reducción del número de elementos o componentes adheridos al producto. Mejora de la separación o desensamble de elementos y componentes. Cambios hacia el empleo de un único polímero en el producto. Sustitución de disruptores. Uso de nuevas alternativas para la sustitución de sustancias peligrosas. Uso de nuevas alternativas para la sustitución de sustancias. Incorporación de medidas que contribuyan al ecodiseño. Mejora de la gestión de residuos plásticos. Las actuaciones subvencionables enmarcadas en la categoría de digitalización para innovar en materia de procesos y organización de la entidad beneficiaria. La trazabilidad de productos, sustancias, materiales y residuos. Nuevos modelos de negocio basados en la servitización. Servicios de retorno de productos usados. Uso de la tecnología de impresión 3D. Las actuaciones subvencionables enmarcadas en la categoría de incremento del nivel de protección medioambiental de los beneficiarios. Inversiones que reduzcan la generación de mermas y residuos pre-consumo. Inversiones que reduzcan el consumo de materia prima virgen. Sustitución de materias primas por otras con un menor impacto ambiental. Desarrollo o cambio hacia modelos de negocio basados en la servitización. Medidas para abordar la liberación no intencionada de microplásticos. Las actuaciones subvencionables enmarcadas en la categoría de mejora de la gestión de residuos procedentes de terceros. Inversiones en sistemas e infraestructuras que mejoren la clasificación de los residuos plásticos por polímeros. Inversiones en sistemas e infraestructuras que impulsen la preparación para la reutilización. Desarrollo de sistemas e infraestructuras de tratamiento de residuos plásticos que permita incrementar y optimizar la obtención de material reciclado de alta calidad. Las actuaciones de reciclado químico sólo serán subvencionables cuando dispongan de un factor de conversión de al menos un 50% expresado en peso de los residuos plásticos secos. Las actuaciones no podrán ser objeto de división artificial en diferentes actuaciones o proyectos de inversión para el incremento del importe de subvención. Requisitos Las actuaciones podrán comenzar a partir de la presentación de la solicitud, siempre que cumpla el efecto incentivador. En casos debidamente justificados, podrá concederse por el órgano concedente una prórroga del plazo de ejecución de hasta dos meses, que deberá solicitarse, por escrito y de forma justificada, al menos un mes antes de que finalice el plazo de ejecución aprobado, debiéndose aceptar de forma expresa. En ningún caso los proyectos podrán prorrogarse más allá del 31 de diciembre de 2027 . Cuantía La ayuda tendrá una cuantía total máxima de 10.000.000 de euros por proyecto y un importe mínimo de 100.000 euros por proyecto. No obstante, lo anterior, para los estudios de viabilidad y los proyectos de la categoría de digitalización para innovar en materia de procesos y organización, el importe máximo de la ayuda por proyecto será de 5.000.000 de euros. Cada entidad beneficiaria podrá obtener una ayuda mínima de 100.000 euros y máxima de 10.000.000 de euros. En el caso de proyectos de agrupaciones, cada una de las entidades que la componen, tendrá la consideración de entidad beneficiaria y deberán cumplir el mínimo de 100.000 euros. Para determinar la intensidad de la ayuda se atenderá al tipo de proyecto y al tamaño de la entidad. Beneficiarios Las personas jurídicas de derecho privado con personalidad jurídica propia. Las entidades de economía social definidas en el artículo 5 de la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social. Las agrupaciones de las anteriores siempre que estén participadas por, al menos, una PYME, start-up o entidad de economía social, sin necesidad de que dichas agrupaciones dispongan de personalidad jurídica propia diferente de las entidades que las compongan. Las personas jurídicas integrantes de la agrupación tendrán igualmente la consideración de beneficiarias. No podrán acogerse a las ayudas las entidades sin ánimo de lucro a excepción de las entidades de economía social. Se admitirá un máximo de tres solicitudes por cada entidad, independientemente de que se presente de forma individual o agrupada. Plazo de presentación Desde el día 24 de junio hasta el día 23 de septiembre de 2024. Información y tramitación Ministerio para la transición ecológica y el reto demográfico Fundación Biodiversidad Dirección: C/ de las Peñuelas, 10 - 28005 Madrid Teléfono: 91 121 09 20 Correo electrónico: economiacircular@fundacion-biodiversidad.es Solicitud Bases reguladoras. Extracto convocatoria 2024 Convocatoria 2024