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Oportunidad de aclarar el alcance de los registros internacionales de marca en los que se designa a la Unión Europea
Fecha de publicación el 28/03/2016
Oportunidad de aclarar el alcance de los registros internacionales de marca en los que se designa a la Unión Europea
Si eres el titular de un registro internacional de marca en el que se designa a la UE que esté en vigor desde antes del 22 de junio de 2012 y se ha basado en el título de una clase de la Clasificación de Niza para definir el alcance de la protección, por tu propio interés te conviene estudiar la posibilidad de aclarar ese alcance ante la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO). La decisión de no aprovechar esa oportunidad puede traer como consecuencia el hecho de que el alcance de la protección en la UE se limite solamente al tenor literal del título de la clase de Niza.
En concordancia con las disposiciones del Artículo 28.8) del Reglamento sobre la marca de la Unión Europea (RMUE), tienes hasta el 24 de septiembre de 2016 para aclarar los productos y servicios que están fuera del tenor literal del título de una clase de Niza, mediante una declaración presentada ante la EUIPO.
Las declaraciones deberán presentarse entre el 23 de marzo y el 24 de septiembre de 2016, inclusive.
Más información: OMPI