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Ayuda no IDEPA - SEPEPA: Subvenciones por la contratación indefinida de personas desempleadas con discapacidad
Datos actualizados el 15/11/2024
SEPEPA: Subvenciones por la contratación indefinida de personas desempleadas con discapacidad
Plazo de presentación de un mes desde la formalización del contrato
Finalidad
Contratación indefinida de personas desempleadas con discapacidad o transformación en indefinidos de contratos temporales de fomento de empleo para personas con discapacidad (del 1 de junio de 2023 al 31 de mayo de 2025 ambos inclusive).
Modalidad
Subvención a fondo perdido.Acciones Subvencionables
Contratación con carácter indefinido o transformación en indefinido de un contrato temporal de personas con discapacidad.
A los efectos de este programa de subvenciones, tienen la consideración de personas con discapacidad:
- aquellas que tengan un grado reconocido igual o superior al 33%
- los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado total, absoluta o gran invalidez
- y los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
Serán subvencionables los contratos cuya fecha de inicio esté comprendida entre el 1 de junio de 2023 y el 31 de mayo de 2025.
Requisitos
- Los contratos subvencionables serán aquellos formalizados bajo la modalidad de contrato indefinido de personas con discapacidad o transformación de contrato temporal en indefinido.
- Los contratos subvencionables serán aquellos que se celebren para prestar servicios en centros de trabajo radicados en el Principado de Asturias.
- Tanto los contratos indefinidos iniciales como las transformaciones en indefinido se formalizarán por escrito y de acuerdo con la legislación vigente. Las contrataciones se comunicarán al SEPEPA en la forma reglamentariamente establecida.
- De acuerdo con el Real Decreto 1451/1983, de 11 de mayo, la persona desempleada con discapacidad que se contrate deberá disponer del correspondiente informe médico favorable que acredite la compatibilidad de la condición de la persona contratada con el puesto a desempeñar emitido por el servicio de prevención de riesgos laborales del que la empresa debe disponer.
- Las contrataciones objeto de subvención deberán suponer en los centros de trabajo radicados en el Principado de Asturias un incremento neto del número de personas trabajadoras en plantilla de la empresa en comparación con la media de los doce meses previos al mes del contrato. Para las transformaciones en indefinidos de contratos temporales de fomento de empleo para personas con discapacidad se exige que haya mantenimiento neto del número de personas trabajadoras en plantilla de la empresa en comparación con la media de los doce meses previos al mes de la transformación del contrato temporal en indefinido.
Cuantía
Ascenderá a la cuantía de 3.907 euros por cada contrato de trabajo celebrado por tiempo indefinido y a jornada completa.
Cuando el contrato por tiempo indefinido se concierte a tiempo parcial, la subvención indicada habrá de reducirse proporcionalmente a la jornada pactada.
En ningún caso el importe de las subvenciones podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos supere el 60% del coste salarial anual
Estas subvenciones quedan acogidas al régimen de minimis en los términos establecidos el Reglamento (UE) número 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
Las subvenciones se concederán por concesión directa, según el orden de presentación de las mismas cuyo expediente contenga la totalidad de la documentación, hasta agotar el crédito previsto en cada convocatoria.
Beneficiarios
Empresas, no dependientes ni vinculadas a administraciones, organismos o entes públicos, empresas públicas o fundaciones del sector público, que dispongan de centros de trabajo radicados en el Principado de Asturias. Los Centros Especiales de Empleo se excluyen de estas ayudas.
Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes para los contratos formalizados desde el 1 de junio de 2023 hasta la fecha de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOPA será de 10 días hábiles.
Para los contratos suscritos desde su publicación del extracto de la convocatoria en el BOPA y hasta el 31 de mayo de 2025 el plazo será de un mes desde la formalización del contrato.
Información y tramitación
En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicada la ficha de Servicio que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0242T01 en el buscador de la sede electrónica (situado en la parte superior derecha de la página) en la que se encontrará el texto íntegro de la resolución, información complementaria, el formulario normalizado de solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud.
Consejería de Industria Empleo y Promoción Económica
Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias
Servicio de Programas de Empleo
C/ Marqués de Teverga nº 16, bajo
33005 Oviedo
Tel.: 985 96 29 11 / 985 96 38 39 / 985 96 38 40.