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Ayuda no IDEPA - SEPEPA: Subvenciones a la inserción laboral (coste salarial) de las personas con discapacidad en los Centros Especiales de Empleo
Datos actualizados el 15/11/2024
SEPEPA: Subvenciones a la inserción laboral (coste salarial) de las personas con discapacidad en los Centros Especiales de Empleo
Finalidad
El objeto de la subvención es cofinanciar los costes salariales devengados entre el 1 de julio de 2024 y el 30 de junio de 2025 incluidas 2 pagas extraordinarias devengadas en este período, por la plantilla de trabajadores con discapacidad de los centros especiales de empleo en sus centros de trabajo radicados en Asturias.
Modalidad
Subvención a fondo perdido.
Requisitos
- Los contratos laborales cuyo coste vaya a ser objeto de subvención deberán estar formalizados con personas con discapacidad y siempre por escrito.
- Los contratos de duración determinada por circunstancias de la producción serán subvencionables si se especifica con precisión en el contrato la causa habilitante de la contratación temporal, las circunstancias concretas que la justifican y su conexión con la duración prevista.
- Los contratos de duración determinada para la sustitución de una persona trabajadora con derecho a reserva de puesto de trabajo o para completar la jornada reducida por otra persona trabajadora deberán especificar el nombre de la persona sustituida y la causa de la sustitución.
- Los contratos fijos-discontinuos serán subvencionables siempre que las personas trabajadoras se encuentren en situación de alta efectiva en la fecha tomada como referencia para determinar el importe de la subvención en cada convocatoria.
Cuantía
Por cada contrato laboral, con independencia del tipo del mismo (indefinido o temporal, a tiempo completo o parcial), se devengará mensualmente una subvención de hasta el 50% del Salario Mínimo Interprofesional vigente en cada momento en proporción a la jornada de trabajo especificada en dicho contrato.
El cómputo de la subvención se realizará teniendo en cuenta los días efectivamente trabajados, considerándose el mes equivalente a 30 días para el cálculo diario de la subvención. Será subvencionable la parte correspondiente de las pagas extraordinarias, así como los días de vacaciones y de descanso retribuidos y cotizados.
Al amparo de la base décima de las reguladoras de la convocatoria, será subvencionable el coste salarial de los contratos laborales de las personas con discapacidad de la plantilla de los centros de trabajo radicados en Asturias, devengado entre el 1 de julio de 2024 y el 30 de junio de 2025, incluidas dos pagas extras devengadas en dicho periodo, siempre con el límite máximo del 50% del salario mínimo interprofesional.
La cuantía de la subvención vinculada a las pagas extraordinarias se liquidará coincidiendo con el final de los meses de diciembre de 2024 y junio de 2025, considerándose devengadas dichas pagas, a efectos de esta convocatoria, en los seis meses previos.
Beneficiarios
Las empresas calificadas y registradas como Centros Especiales de Empleo en el Principado de Asturias con independencia de su forma jurídica, tamaño y sector económico, inscritas a fecha de solicitud de la subvención en el Registro de Centros Especiales de Empleo del Principado de Asturias.
No podrán ser beneficiarios de estas subvenciones aquellos Centros Especiales de Empleo en los que concurra alguna de las circunstancias excluyentes señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes de subvención finalizará el 29 de noviembre de 2024.Información y tramitación
En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicada la ficha de servicio que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0515T01 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en la que se encontrará el texto íntegro de la resolución, información complementaria, el formulario normalizado de solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud.
Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo
Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias
Servicio de Programas de Empleo
C/ Marqués de Teverga nº 16, bajo
33005 Oviedo
Tel.: 985 96 29 11 / 985 96 38 48