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Ayudas para la realización de estancias breves en otros centros de investigación, dentro del programa “Severo Ochoa”
Datos actualizados el 23/02/2024
Ayudas para la realización de estancias breves en otros centros de investigación, dentro del programa “Severo Ochoa”
Finalidad
Ayudas destinadas a los beneficiarios de las ayudas del Programa "Severo Ochoa", para realizar estancias breves de carácter formativo en centros de investigación, de reconocido prestigio y ubicados fuera de España, distintos al centro de aplicación de la ayuda Severo Ochoa concedida, con la finalidad de realizar tareas de aprendizaje en laboratorios de investigación, adquisición de nuevas técnicas instrumentales y otras actividades directamente vinculadas con el plan de formación o perfeccionamiento para el que se concedió la ayuda "Severo Ochoa"
Modalidad
Subvención a fondo perdido.Acciones Subvencionables
La realización de estancias breves de carácter formativo en centros distintos al centro de aplicación de la ayuda concedida, de reconocido prestigio y ubicados fuera de España.
Conceptos Subvencionables
Serán subvencionables los siguientes conceptos, con los límites que se establecen en la convocatoria.
- Estancia
- Desplazamientos
- En caso de desplazamiento a centros de investigación ubicados fuera de Europa se podrá obtener financiación adicional para un seguro de accidentes y enfermedad
Requisitos
- Las estancias deben realizarse en centros de investigación de reconocido prestigio ubicados fuera de España.
- La estancia deberá realizarse en su totalidad en el año 2024 y durante el período de vigencia de la ayuda "Severo Ochoa" de cada solicitante.
- Las estancias breves para las que se solicita la ayuda deberán coincidir, salvo excepciones justificadas, con los períodos académicos o los de actividad ordinaria de los centros de destino, siempre y cuando durante el período de la estancia se encuentre vigente la ayuda y su duración no podrá ser inferior a 30 días ni superior a 90 naturales.
Cuantía
La ayuda máxima a conceder a cada beneficiario para la realización de las estancias breves solicitadas a lo largo del año no superará en ningún caso los 3.000 €, sumados todos los conceptos y se concretará en una ayuda por importe de 40 € diarios, contados desde el día de la partida al del regreso, ambos inclusive, a la que se sumará una ayuda para el desplazamiento con los siguientes límites:
- Si el desplazamiento se realiza en un centro ubicado en un país europeo perteneciente a la UE o a la EFTA: hasta 600 €.
- Si el desplazamiento se realiza fuera de dichos países: hasta 1.200 €.
Beneficiarios
Aquellas personas que sean beneficiarias de una ayuda del programa “Severo Ochoa” en la actualidad, con independencia del año de concesión, siempre que previamente no se haya obtenido una ayuda para más de dos estancias breves. No se podrá solicitar la ayuda para más de una estancia por anualidad. En la presente convocatoria podrá solicitarse la ayuda durante el primer año de concesión.
Plazo de presentación
Del 24 de febrero al 25 de marzo de 2024Información y tramitación
En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicada la ficha que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0081T01 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en la que se encontrará el formulario normalizado de solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud.
Consejería de Ciencia, Innovación y Universidad.
Servicio de Gestión Universitaria