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Datos actualizados el 11/09/2024
FECYT: Ayudas para el fomento de la cultura científica
Finalidad
Financiar las actuaciones para el incremento de la presencia activa de la ciencia en el día a día de la sociedad, fomentando su interés por el proceso científico y sus resultados, mejorando su educación científico-técnica e impulsando su participación en actividades de comunicación social de la ciencia.
Modalidad
Subvención a fondo perdido.Acciones Subvencionables
La categorización de proyectos es la siguiente:
- a. Proyectos de comunicación social de la ciencia y la tecnología
- b. Programa anual de actividades UCC+I
- c. Ferias de la ciencia
- d. Proyectos singulares:
- 1. Ciencia ciudadana
- 2. Arte, Ciencia, Tecnología y Sociedad. (ACTS)
- 3. Investigación y práctica en la comunicación científica
Conceptos Subvencionables
Podrán ser objeto de ayuda los siguientes conceptos directos de ejecución, en las condiciones y con las limitaciones establecidas en la convocatoria:
1º. Costes de personal.
2º. Costes de movilidad.
3º. Adquisición de material fungible, suministros y productos similares.
4º. Los costes de consultoría, asesoramiento de la realización de estudios, preparación de actuaciones formativas, evaluación, difusión, publicidad, y servicios equivalentes.
5º. Los costes de alquiler de salas, traducción, organización de conferencias, eventos, congresos, seminarios y reuniones.
6º. Los costes de utilización de servicios centrales del organismo siempre y cuando tengan tarifas públicas.
7º. Podrán ser objeto de financiación, con cargo a la ayuda otorgada, los gastos derivados de la garantía bancaria exigida por la convocatoria.
8º. El coste derivado del informe de auditoría, hasta un límite de 1.200 euros de ayuda concedida.
9º. Otros costes de carácter menor o auxiliar no contemplados anteriormente que se deriven de la actuación y que sean necesarios y tengan relación directa con la ejecución del proyecto objeto de financiación.
Requisitos
El periodo máximo de ejecución será el establecido para cada una de las categorías, debiendo estar este comprendido entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2027 e iniciarse a lo largo de 2025 (sin posibilidad de prórroga).
Cuantía
Se asignará hasta una cuantía máxima del 70 % del coste total de las actuaciones objeto de la solicitud presentada, con un límite máximo de 100.000 euros por solicitud.Beneficiarios
Las entidades indicadas en el artículo 4 de la Convocatoria con personalidad jurídica propia, siempre que estén válidamente constituidas y tengan residencia fiscal o establecimiento permanente en España, entre otras:
- j. Cualesquiera otras personas jurídicas, públicas o privadas, mercantiles o sin ánimo de lucro, que realicen actividades de I+D+I, o generen conocimiento científico o tecnológico, o faciliten su aplicación y transferencia, o contribuyan a la educación, difusión y divulgación científicas. Estas funciones deberán estar definidas en sus Estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social.
Plazo de presentación
El plazo para la presentación de las solicitudes de ayudas se iniciará el día 11 de septiembre de 2024 y finalizará el día 30 de octubre de 2024, a las 13 horas (hora peninsular española).
Información y tramitación
Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, F.S.P. (FECYT)
C/ Pintor Murillo, 15
28100 Alcobendas (Madrid)
Teléfono: 914 25 09 09