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Ayuda no IDEPA - Subvenciones para la mejora del parque de maquinaria, equipos de trabajo, instalaciones u otros elementos de inmovilizado o bienes de equipo, que supongan la eliminación o reducción de riesgos laborales
Datos actualizados el 21/11/2024
IAPRL: Subvenciones para la mejora del parque de maquinaria, equipos de trabajo, instalaciones u otros elementos de inmovilizado o bienes de equipo, que supongan la eliminación o reducción de riesgos laborales
Finalidad
Mejorar el parque de maquinaria, equipos de trabajo, instalaciones u otros elementos de inmovilizado que supongan la eliminación o reducción de riesgos laborales.
Modalidad
Subvención a fondo perdido.
Acciones Subvencionables
Las actuaciones subvencionables deberán haberse efectuado en su integridad (realizadas, facturadas y pagadas) desde el 4 de octubre de 2023 hasta el 3 de octubre de 2024.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES:
a) Las inversiones dirigidas a la mejora del parque de maquinaria y equipos de trabajo, instalaciones u otros elementos del inmovilizado o bienes de equipo,que se describen a continuación :
- Los anclajes y dispositivos anticaídas especificados en la convocatoria.
- Móviles automotores cuyo uso implique riesgo de vuelco, excluidos los empleados en el transporte por carretera, marítimo o aéreo de pasajeros y mercancías.
- Las categorías de máquinas incluidas en el Anexo IV del Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, por el que se establecen las normas de comercialización y puesta en servicio de las máquinas.
- Los empleados para la elevación de carga y sus accesorios.
b) Adquisiciones y/o adaptaciones que supongan la eliminación o el adecuado control del riesgo de exposición a agentes químicos, físicos o biológicos.
c) Adquisiciones o modificaciones que supongan la adaptación a puestos de trabajo compatibles con las trabajadoras embarazadas o en periodo de lactancia..
d) Adquisiciones y/o adaptaciones que supongan la eliminación o reducción significativa de los riesgos del sistema músculo-esquelético y particularmente de los riesgos derivados de movimientos repetitivos, posturas forzadas y manejo manual de cargas..
Cuantía
La cuantía máxima de la ayuda será como máximo del 40% del coste subvencionable, siempre que no supere el siguiente importe máximo:
- 4.000 euros cuando el solicitante sea un Centro Especial de Empleo sin ánimo de lucro.
- 20.000 euros para el resto de solicitantes.
Estas ayudas se acogen al régimen de mínimis.
Beneficiarios
Podrán tener la condición de personas o entidades beneficiarias todos los centros especiales de empleo sin ánimo de lucro y las empresas, sean éstas personas físicas o jurídicas (incluidas las comunidades de bienes, los centros especiales de empleo con ánimo de lucro y los trabajadores autónomos), cualquiera que sea su sector de actividad, que a fecha de presentación de su solicitud cumplan los siguientes requisitos:
- Que ocupen trabajadores por cuenta ajena que presten servicios en el Principado de Asturias. Los trabajadores que figuren contratados a fecha de presentación de la solicitud deberán haber sido dados de alta, al menos un mes natural antes de dicha fecha.
- Que hayan realizado o vayan a realizar actividades o proyectos que sean subvencionables y que repercutan en dichos trabajadores.
Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 27 de junio de 2024.
Información y tramitación
Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica
Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales
Avda. del Cristo, 107
33006 Oviedo
Tel.: 985 10 82 75
Correo electrónico