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Ayuda no IDEPA - Subvenciones a los artesanos del Principado de Asturias para inversiones en talleres de artesanía artística y creativa
Datos actualizados el 04/09/2024
Subvenciones a los artesanos del Principado de Asturias para inversiones en talleres de artesanía artística y creativa
Finalidad
Contribuir a la mejora del proceso productivo, de la calidad y creatividad, potenciando la compra de maquinaria auxiliar y la adecuación de los talleres a la actividad en ellos desarrollada así como posibilitar el recurso a acciones de promoción comercial de su actividad en el mercado.
Modalidad
Subvención a fondo perdido.
Acciones Subvencionables
El importe mínimo de inversión será de 1.200 € y el IVA no se considerará como gasto subvencionable en ningún caso.
La realización de las actuaciones objeto de subvención, así como la emisión de facturas y el abono de las mismas, deben estar comprendidos en el periodo que transcurre entre el 16 de abril de 2023 y el 15 de abril de 2024, ambos incluidos.
Conceptos Subvencionables
a) Nueva implantación, modernización y reforma de talleres. Siendo subvencionable la parte proporcional de la construcción que se destine exclusivamente al taller.
b) Adquisición de equipamiento: Maquinaria, instrumental.
c) Trabajos fotográficos destinados a la elaboración de catálogos impresos o digitales.
d) Catálogos, folletos, bolsas, estuches y embalajes de talleres y obra con fines de expansión comercial, estando obligado el beneficiario a incluir la imagen corporativa institucional que la Consejería con competencias en artesanía le facilite, en toda la información o publicidad que de la actividad subvencionada realice, difundiéndola de forma adecuada y situándola en lugar destacado y visible, de manera que sea suficientemente perceptible.
e) Gastos de envío de piezas a concursos.
f) Ordenadores portátiles, de sobremesa, impresoras y periféricos destinados a aplicaciones de contabilidad, facturación, investigación y diseño, así como aplicaciones y programas dirigidos a los mismos fines
Quedan expresamente excluidas las siguientes inversiones:
- Adquisición y alquiler de locales, así como los gastos relativos a proyectos, permisos, licencias y cuotas de Colegios Oficiales en lo relativo a nueva implantación o reforma de talleres.
- Muebles, electrodomésticos, aparatos e instalaciones que no cumplan una función claramente relacionada con la actividad artesana desarrollada en los talleres.
- Adquisición de materias primas y consumibles que se utilicen durante el proceso de elaboración de los productos (productos y materiales empleados para soldadura, ensamblaje, pintura, esmaltado, corte, pulido, etc.).
- Suministros.
- Aparatos de teléfono fijos o móviles.
- Equipos e instalaciones de seguridad y Alarmas. Contratos de Seguro.
- Publicidad en prensa, radio y televisión.
- Creación y mantenimiento de páginas web.
Cuantía
La cuantía máxima a percibir será del 50% del valor total de los gastos subvencionables de cada proyecto. En el caso de inversiones referidas a la nueva implantación, modernización y reforma de talleres, el límite de subvención será de 3.000 € y en ningún caso la cuantía total concedida por cada taller artesanal y año será superior a 6.000 €.
Beneficiarios
Personas físicas y jurídicas, con domicilio social y fiscal en el Principado de Asturias, que estén inscritas o hayan cursado inscripción en el Registro de Empresas y Talleres Artesanos del Principado de Asturias, siempre que su inscripción se haya resuelto de forma positiva con anterioridad a la propuesta de resolución de concesión de la subvención.
Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 7 de octubre de 2024.
Información y tramitación
Consejería de Transición Ecológica, Industria, Empleo y Desarrollo Económico
Dirección General de Comercio
Servicio de Gestión y Calidad Comercial
Plaza de España, 1-1ª planta
33007 Oviedo
Tfno. : 985 106 670 / 985 106 669