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Subvenciones para la realización de proyectos de investigación científica en la Red de Parques Nacionales
Datos actualizados el 16/03/2023
Subvenciones para la realización de proyectos de investigación científica en la Red de Parques Nacionales
Convocatoria cerrada
Finalidad
La realización de proyectos de investigación científica en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación (2021-2023) y de la Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e Innovación 2021-2027.Modalidad
Subvenciones a fondo perdido.Conceptos Subvencionables
- Costes de personal.
- Pequeño equipamiento (material inventariable).
- Material fungible.
- Viajes y dietas.
- Otros gastos como la utilización de grandes instalaciones de apoyo a la investigación, análisis de muestras, actualización de sistemas de análisis de datos, tasas de publicación de artículos, etc.
- Costes indirectos: En concepto de costes indirectos, los proyectos beneficarios podrán recibir hasta un 15% de los costes directos totales concedidos. Dichos costes no se concederan si no aparecen indicados en la solicitud presentada por el investigador principal.
Requisitos
- Los proyectos deberán referirse a uno o varios de los parques nacionales incluidos en la Red de Parques Nacionales.
- Los proyectos serán susceptibles de generar nuevo conocimiento aplicable al conjunto de la Red de Parques Nacionales.
- Los proyectos deberán responder a una o varias de las líneas prioritarias que se establecen en el Anexo I de la convocatoria.
- Los proyectos deberán respetar los principios fundamentales establecidos en la Declaración de Helsinki.
- Los proyectos que impliquen la utilización de organismos modificados genéticamente deberán atenerse a lo dispuesto en la Ley 9/2003, de 25 de abril, por la que se establece el régimen jurídico de la Utilización Confinada, Liberación Voluntaria y Comercialización de Organismos Modificados Genéticamente, y en su Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 178/2004, de 30 de enero. En ningún caso se subvencionarán proyectos que impliquen la liberación de dichos organismos en el interior de los parques nacionales.
- Los proyectos que impliquen la utilización de agentes biológicos, deberán ajustarse a lo establecido en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales modificada y actualizada por la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales, y en los Reales Decretos que la desarrollan en cuanto a los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos. En ningún caso se subvencionarán proyectos que impliquen la liberación de dichos agentes biológicos en el interior de los parques nacionales.
- Los proyectos tendrán una duración de tres años, ampliables por un máximo de un año por motivos de gestión del proyecto y sin que la ampliación suponga ampliación presupuestaria.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las ayudas, entre otros:
- Empresas: Cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerza una actividad económica y que esté válidamente constituida en el momento de presentación de la solicitud.
- Centros públicos de I+D+i, Las universidades públicas, los organismos públicos de investigación reconocidos como tales por la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica, los centros de I + D+ i con personalidad jurídica propia y diferenciada vinculados o dependientes de la Administración General del Estado, y los centros de I + D+ i vinculados o dependientes de administraciones públicas territoriales, independientemente de su personalidad jurídica, así como las entidades públicas con capacidad y actividad demostrada en acciones de I + D+ i, incluidos los centros tecnológicos cuya propiedad y gestión sean mayoritariamente de las Administraciones Públicas.
- Centros privados de investigación y desarrollo universitarios: universidades privadas, sus Departamentos, o centros universitarios privados de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
Plazo de presentación
Desde el día 17 de marzo de 2023 y hasta el día 17 de abril de 2023, a las 14:00 (hora peninsular española).Información y tramitación
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y RETO DEMOGRÁFICO
ORGANISMO AUTÓNOMO PARQUES NACIONALES
Comité Científico de la Red de Parques Nacionales
C./ Hernani 59, Planta Baja
28020 Madrid
Teléfono: 91 546 82 78
Correo electrónico: oapn@oapn.es