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Ayuda no IDEPA - Subvenciones para la mejora del parque de maquinaria, equipos de trabajo, instalaciones u otros elementos de inmovilizado o bienes de equipo, que supongan la eliminación o reducción de riesgos laborales
Datos actualizados el 03/10/2023
IAPRL: Subvenciones para la mejora del parque de maquinaria, equipos de trabajo, instalaciones u otros elementos de inmovilizado o bienes de equipo, que supongan la eliminación o reducción de riesgos laborales
Finalidad
Mejorar el parque de maquinaria, equipos de trabajo, instalaciones u otros elementos de inmovilizado que supongan la eliminación o reducción de riesgos laborales.
Modalidad
Subvención a fondo perdido.
Acciones Subvencionables
Las actuaciones subvencionables deberán haberse efectuado en su integridad (realizadas, facturadas y pagadas) desde el 14 de octubre de 2022 hasta el 3 de octubre de 2023.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES:
a) Las inversiones dirigidas a la mejora del parque de maquinaria y equipos de trabajo, instalaciones u otros elementos del inmovilizado o bienes de equipo,que se describen a continuación :
- Los dispositivos de anclaje y líneas de vida permanentes contra el riesgo de caída en altura: (normas EN 795:2012, UNE-EN 353-1:2014+A1:2017 y UNE-EN 353-2:2002).
- Móviles automotores cuyo uso implique riesgo de vuelco, excluidos los empleados en el transporte por carretera, marítimo o aéreo de pasajeros y mercancías.
- Las categorías de máquinas incluidas en el Anexo IV del Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, por el que se establecen las normas de comercialización y puesta en servicio de las máquinas.
- Los empleados para la elevación de carga y sus accesorios.
b) Adquisiciones y/o adaptaciones que supongan la eliminación o el adecuado control del riesgo de exposición a agentes químicos, físicos o biológicos.
c) Adquisiciones o modificaciones que supongan la adaptación a puestos de trabajo compatibles con las trabajadoras embarazadas o en periodo de lactancia..
d) Adquisiciones y/o adaptaciones que supongan la eliminación o reducción significativa de los riesgos del sistema músculo-esquelético y particularmente de los riesgos derivados de movimientos repetitivos, posturas forzadas y manejo manual de cargas..
Cuantía
La cuantía máxima de la ayuda será como máximo del 40% del coste subvencionable, siempre que no supere el siguiente importe máximo:
- 4.000 euros cuando el solicitante sea un Centro Especial de Empleo sin ánimo de lucro.
- 20.000 euros para el resto de solicitantes.
Estas ayudas se acogen al régimen de mínimis.
Beneficiarios
Podrán tener la condición de beneficiarios todas los centros especiales de empleo sin ánimo de lucro y las empresas, sean éstas personas físicas o jurídicas (incluidas las comunidades de bienes, los centros especiales de empleo con ánimo de lucro y los trabajadores autónomos), cualquiera que sea su sector de actividad, que a fecha de presentación de su solicitud cumplan los siguientes requisitos:
- Que ocupen trabajadores por cuenta ajena que presten servicios en el Principado de Asturias. Los trabajadores que figuren contratados a fecha de presentación de la solicitud deberán haber sido dados de alta, al menos un mes natural antes de dicha fecha.
- Que hayan realizado o vayan a realizar actividades o proyectos que sean subvencionables según el apartado tercero de la convocatoria y que repercutan en dichos trabajadores.
Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 25 de octubre de 2023.
Información y tramitación
Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica
Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales
Avda. del Cristo, 107
33006 Oviedo
Tel.: 985 10 82 75
Correo electrónico