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Ayuda no IDEPA - Subvenciones a los artesanos del Principado de Asturias para la asistencia a ferias y para cursos fuera del ámbito regional.
Datos actualizados el 25/04/2022
Subvenciones a los artesanos del Principado de Asturias para la asistencia a ferias y para cursos fuera del ámbito regional.
Finalidad
Contribuir al perfeccionamiento profesional de los artesanos, al acceso de sus productos a nuevos mercados y a la mejora de la imagen exterior del conjunto de la artesanía asturiana.
Modalidad
Subvención a fondo perdido.
Acciones Subvencionables
Serán subvencionables los gastos derivados de la participación de las empresas artesanas en ferias y cursos profesionales cuya duración no sea inferior a 2 días y que se celebren en España o en el extranjero, exceptuándose las que se celebren en el Principado de Asturias.
Asimismo podrán ser subvencionables los gastos derivados de las visitas que se realicen a ferias que se celebren en el extranjero, siempre y cuando el objeto de la misión sea de interés notorio para el taller y suponga innovación, diseño, proyección y utilidad para el sector de artesanía del Principado de Asturias y aprendizaje de nuevas técnicas artesanales, reporte la consecución de ventajas comerciales o aporte la posibilidad de desarrollar redes de cooperación empresarial con intercambio de productos, servicios y experiencias. Estos extremos deberán ser justificados a través de la memoria que acompañará a la documentación que justifique el gasto.
No serán objeto de subvención las visitas a la misma feria por parte del mismo solicitante hasta que hayan transcurrido al menos un plazo de 3 años en el caso de visitas en países dentro de Europa y de 5 años para el resto de países.
No serán objeto de subvención aquellos proyectos cuyos gastos subvencionables totales sean menores de 400 €.
Las ferias o cursos objeto de esta ayuda serán las que se hayan celebrado o vayan a celebrarse entre el 1 de octubre de 2021 y el 30 de septiembre de 2022,
Conceptos Subvencionables
Para la participación en ferias:
- Canon de ocupación de suelo.
- Construcción de “stand” ferial.
- Otros directamente relacionados con la participación en la feria como: alquiler o compra de mobiliario, suministros, intérpretes, etc.
- Transporte de mercancía, siempre que se realicen por cuenta ajena.
Para asistencia a cursos de perfeccionamiento profesional:
- Derechos de matrícula y asistencia.
- Compra de material destinado al curso.
- En el caso de cursos cuya duración sea superior a 3 meses, se tendrá en cuenta el total de los gastos de alojamiento, pero no la manutención.
Para la visita a ferias:
- Viajes de los artesanos participantes.
- Entradas en las Ferias y Exposiciones.
- Intérpretes.
Gastos comunes a las tres líneas:
- Gastos de alojamiento y manutención, por un importe de 125€ por cada día de duración de la feria, a los que se añadirá 1 día en concepto de montaje, hasta un máximo de 11 días para asistencia a ferias y 4 para el caso de visitas.
- Gastos de desplazamiento. Estos gastos serán considerados en su totalidad cuando se realicen por cuenta ajena. En el caso de utilización de vehículo propio se considerará un gasto de 0,15 € por kilómetro que se aplicará a las distancias oficiales por carretera entre las poblaciones de origen y destino para un viaje de ida y vuelta. No serán tenidos en cuenta los gastos de combustible ni peaje al considerarse inlcuidos dentro de este kilometraje.
Cuantía
Cuantía máxima por proyecto:
- Ferias y cursos celebrados en España: 30% de la inversión.
- Ferias, cursos y visitas a ferias realizadas en el extranjero: 50% de la inversión.
Cuantía máxima visitas a ferias: 1.200 euros.
Cuantía máxima por beneficiario: 5.000 euros
Beneficiarios
Artesanos, sean personas físicas y jurídicas, residentes en Asturias que estén inscritas o hayan cursado inscripción en el Registro de Empresas y Talleres Artesanos del Principado de Asturias, siempre que su inscripción se haya resuelto de forma positiva con anterioridad a la Propuesta de Resolución de concesión de estas subvenciones
Plazo de presentación
Para las ferias y cursos realizados desde el 1 de octubre de 2021 hasta el 28 de febrero de 2022 el plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación del extracto de la Convocatoria (22/03/22) hasta el 30 de abril de 2022.
Para las ferias y cursos realizados desde el 1 de marzo hasta de 30 de junio de 2022 las solicitudes podrán presentarse desde el día 1 de mayo hasta el 30 de junio de 2022.
Para las ferias y cursos realizados desde el día 1 de julio hasta el 30 de septiembre de 2022, las solicitudes podrán presentarse dentro de ese mismo período.
Información y tramitación
Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica
Dirección General de Comercio, Emprendedores y Economía Social
Servicio de Gestión y Calidad Comercial
Plaza de España, 1-1ª planta
33007 Oviedo
Tfno. : 985 106 670