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El pasado 13 de Julio de 2015, la Comisión de Industria del Senado, con Competencia legislativa Plena, aprobó el proyecto de Ley de Patentes. Gracias a esto, el texto no tendrá que volver a pasar por el Congreso de los Diputados y termina, así, su tramitación parlamentaria de forma definitiva, sin que ninguna de las 153 enmiendas presentadas se haya incluido finalmente en la Ley. La ley, ley 24/2015, se publica en el Boletín Oficial del Estado del sábado 25 de julio.
El objetivo fundamental de la nueva ley es equiparar la normativa al ámbito internacional y fortalecer el sistema de patentes español, estableciendo un marco legal que prime la actividad verdaderamente inventiva y novedosa.
Con ella se pretende fomentar y proteger la innovación en España, ofreciendo una alternativa atractiva para los interesados que opten por la vía nacional de protección de las invenciones ya que se establece un sistema de patentes sólido que evita monopolios injustificados.
Entre las principales novedades están las siguientes:
- Se modifica el sistema de concesión, estableciendo un único procedimiento con examen previo de novedad y actividad inventiva.
- Concesión rápida de patentes sólidas por la reducción de cargas administrativas y aceleración de los procedimientos. En el caso de los modelos de utilidad, que afectan a invenciones menores, se amplía su ámbito de protección a los productos químicos.
- Los solicitantes tendrán acceso a información relevante que les permitirá adoptar decisiones sobre la posibilidad de, por ejemplo, patentar en otros países, permitiendo así establecer una estrategia de internacionalización de su empresa.
- Se reduce en un 50% la tasa de solicitud, búsqueda de patentes y examen para determinados emprendedores y Pymes, y bonificación para las Universidades.
- Se aclara el régimen de las invenciones laborales (las que se producen en el contexto de una relación profesional), simplificándose su procedimiento y aumentando la seguridad jurídica.
- Se simplifica la regulación de las denominadas licencias obligatorias, que son aquellas que, por razones de interés público, el titular de la patente debe dar en todo caso para evitar que una invención quede sin explotar.
- Se incluyen expresamente entre los títulos de protección los Certificados Complementarios de Protección, o CCP.
Además, se incluye entre los fines de la OEPM el impulso y desarrollo de la mediación y el desempeño como institución arbitral, y de acuerdo con la legislación vigente, de las funciones que por Decreto se le atribuyan para la solución de conflictos relativos a la Propiedad Industrial en aquellas materias no excluidas de la libre disposición de las partes conforme a derecho.
La ley entrará en vigor el 1 de abril de 2017.
Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes.
Más información: OEPM