La finalidad de la presente convocatoria es la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a Organismos Intermedios del Sistema de Innovación Regional, radicados física y fiscalmente en el ámbito territorial del Principado de Asturias, que desarrollen proyectos de mejora de la innovación dirigidos a las empresas del sector industrial y servicios de apoyo industrial.
Subvención a fondo perdido.
Podrán ser considerados susceptibles de subvención los gastos realizados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del ejercicio en el que se solicita la ayuda y solicitar subvención para uno o varios proyectos.
Costes mínimos: Cada proyecto individual deberá incluir conceptos
subvencionables por un importe total superior a 6.000 euros.
Costes máximos: No se admitirán proyectos que en conjunto superen los 100.000
euros, presentados por un único Organismo Intermedio.
Las acciones subvencionables desarrollarán y/o ejecutarán proyectos permitan ofrecer a las empresas la aplicación de servicios de asesoramiento externo novedoso en los ámbitos de:
Gastos subvencionables en este tipo de proyectos:
No se considerarán gastos subvencionables la compra de activos materiales ni inmateriales.
Proyectos que contemplen la realización de labores de sensibilización, formación y difusión en los ámbitos mencionados en el apartado anterior.
Gastos subvencionables en este tipo de proyectos:
No se considerarán gastos subvencionables la compra de activos materiales ni inmateriales.
Excepcionalmente y limitado a un año de actividad, podrá subvencionarse la puesta en marcha
de aquellos
proyectos de creación de Organismos Intermedios del Sistema de Innovación Regional cuyo
principal objetivo sea elevar el grado de implantación de novedosas técnicas de gestión que mejoren
la competitividad de las empresas regionales.
Gastos subvencionables en este tipo de proyectos:
A efectos del cálculo del gasto subvencionable se considerará como tal el IVA real y
definitivamente soportado por el solicitante cuando le suponga un coste real. En caso de sujeción a
la regla de la prorrata, dicho coste se calculará en base a la prorrata definitiva del último
ejercicio finalizado antes de la concesión de la ayuda, siendo responsabilidad de la beneficiaria
incluir el resultado final en sus obligaciones fiscales.
El beneficiario podrá subcontratar con terceros la realización de las actuaciones
subvencionables hasta un porcentaje máximo del 90% del importe de la actividad subvencionada, y
siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 29 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
Cuantía de la subvención: Las subvenciones podrán alcanzar hasta el 100% de los
conceptos considerados subvencionables en el caso de aquellos gastos genéricos, y de hasta el 80%
en aquellos conceptos considerados subvencionables de carácter específico, sin que en ningún caso,
las subvenciones superen los límites máximos de ayuda a obtener por esta línea, establecidos en las
bases reguladoras.
Estas subvenciones serán compatibles con cualquier otra ayuda para la misma finalidad, sin
que en ningún caso el importe de las subvenciones recibidas pueda ser de tal cuantía que,
aisladamente o en concurrencia con otras ayudas o subvenciones, ingresos o recursos, que se
obtengan del desarrollo de la actuación, supere el coste de la actividad subvencionada, a excepción
de las ayudas del Plan de Ciencia y Tecnología del Principado de Asturias promovidas por la
Consejería de Educación y Ciencia aprobadas por Resolución de 20 de junio de 2007, modificada por
Resolución de 25 de octubre de 2007 u otras ayudas del IDEPA con las que serán incompatibles.
Organismos Intermedios del Sistema de Innovación Regional, cuya actividad se localice en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, que se encuentren encuadrados en los ámbitos de actuación de mejora de la innovación en las empresas del Principado de Asturias, y que presten de forma habitual, estos servicios a empresas del sector industrial y de servicios de apoyo industrial.
Se entenderá por Organismos Intermedios del Sistema de Innovación Regional, a efectos de acceder a la condición de beneficiarios por esta línea de ayudas, a las organizaciones públicas, mixtas o privadas, sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia, que de forma habitual presten servicios de apoyo de carácter empresarial en el ámbito de la innovación, a las empresas ubicadas en el Principado de Asturias, de los sectores industrial y servicios de apoyo industrial.
Aún considerando como prioritarios los sectores industrial y de servicios de apoyo industrial, los Organismos Intermedios del Sistema de Innovación Regional que habitualmente presten servicios a estos sectores en el ámbito de la innovación podrán incluir, en aquellos proyectos realizados con participación empresarial, empresas que no pertenezcan a los sectores prioritarios, siempre que estas constituyan una minoría dentro del conjunto de beneficiarios.
Quedan expresamente excluidas de estas ayudas las administraciones públicas, las empresas y los colegios profesionales.
Hasta las 14:00 horas del día 25 de junio de 2009.
Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias (IDEPA)
Parque Tecnológico de Asturias
33420 Llanera
Tel.: 902 83 02 83
Fax: 985 264 455
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