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(Actualizados 13/07/2010)    Datos de la ayuda
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Ayudas dirigidas a impulsar la promoción internacional de las empresas y centros de innovación y tecnología del Principado de Asturias
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Para las solicitudes a las líneas de CONSULTORÍA, CATÁLOGOS y WEB, el plazo finaliza el 15 de septiembre de 2010, incluido.
Arriba 01. Finalidad

Conceder ayudas por el Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias (IDEPA), en régimen de concurrencia competitiva, a empresas y centros de innovación y tecnología, con centro de trabajo radicado en el ámbito territorial del Principado de Asturias, que realicen actuaciones dirigidas a la promoción internacional de productos elaborados, comercializados y/o servicios prestados por las mismas, siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras.

Arriba 02. Modalidad

Subvención a fondo perdido.

Arriba 03. Acciones Subvencionables. Cuantía

El importe mínimo de los gastos subvencionables será de 2.000 euros. Este mínimo no será exigible para las solicitudes presentadas a través de la LÍNEA VIAPROS y de la LÍNEA FERIAS.

Sólo serán subvencionables las actuaciones de promoción internacional que estén vinculadas de forma directa con la actividad (IAE) desarrollada por la empresa en base a la cual es beneficiaria de estas ayudas.

Serán consideradas susceptibles de subvención las actuaciones realizadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del ejercicio correspondiente a la convocatoria de ayudas a la que se presenta la solicitud.

Para el caso particular de la En la LÍNEA FERIAS, se entenderá por fecha de realización la fecha de celebración de la feria. En este caso serán admitidas como subvencionables las facturas emitidas por la organización ferial, aunque las mismas sean del año anterior. Asimismo para las ferias celebradas en el primer trimestre del año, se admitirán como subvencionables las facturas vinculadas a la participación en la feria con fecha del último trimestre del año anterior.

Las actuaciones susceptibles de recibir ayuda deberán tener como objetivo la introducción en mercados exteriores de los productos y/o servicios de la empresa asturiana y desarrollarse en el ámbito de las líneas que se detallan a continuación:

  • LINEA CONSULTORIA. Contratación de consultoría externa especializada para la elaboración de estudios o planes estratégicos, que tengan como objetivo el mercado internacional y se elaboren de manera especifica y exclusivamente para la empresa solicitante: elaboración de planes estratégicos de promoción internacional, elaboración de estudios de mercado.

    Gastos Subvencionables: Gastos externos de consultoría especializada.
  • LINEA VIAPROS. Viajes de prospección de mercados exteriores, entendiendo por tales aquellos cuyo fin es evaluar las posibilidades comerciales de productos y/o servicios en un país extranjero.

    Gastos subvencionables: Gastos vinculados al viaje realizados desde España al extranjero. Para calcular el gasto subvencionable, se tomará como referencia el baremo de bolsas de viaje que anualmente se publique en la pagina Web del IDEPA (máximo 6 bolsas de viaje por empresa y año).

    En el caso de participaciones en misiones comerciales organizadas por Cámaras de Comercio de otras regiones, se considerarán como subvencionables  los importes reales facturados por dichas Cámaras de Comercio, aunque fuesen superiores a la Bolsa de viajes del IDEPA.
  • LINEA FERIAS. Participación como expositor en ferias profesionales de carácter internacional.

    El carácter internacional de las ferias que se celebren es España se acreditará por su inclusión en el Calendario Oficial de Ferias Comerciales Internacionales que cada año establece la Secretaría de Estado de Turismo y Comercio.

    Se considerarán también internacionales aquellas ferias que se celebren en España y no aparezcan en dicho calendario debido a su carácter itinerante (cada año se celebran en un país diferente). Las ferias fuera de España se considerarán siempre de carácter internacional.
     
    En determinados sectores se podrá considerar subvencionable la participación en eventos celebrados fuera de España y asimilables a ferias, cuando sean el mecanismo de promoción específico utilizado en dicho sector.

    Gastos subvencionables: Gastos de canon de suelo, construcción de stand, alquiler de mobiliario y equipos audiovisuales, consumo eléctrico, limpieza, azafatas e intérpretes, transporte de ida y vuelta y alquiler de equipos para el movimiento en feria de la mercancía de exposición. Si la feria se celebra en el extranjero, serán subvencionables los gastos de viaje y alojamiento de una persona, para los que se tomará como referencia el baremo de bolsas de viaje que anualmente se publique, en la página Web del IDEPA. 
  • LINEA CATALOGOS. Diseño y elaboración de catálogos en diferentes soportes (papel, CDrom, DVD), vídeos e inserciones publicitarias en revistas extranjeras y catálogos web especializados, para la presentación de la empresa y de sus productos o servicios justificando necesariamente su destino para acciones de promoción internacional.

    Gastos subvencionables: Gastos de diseño y elaboración del material promocional objeto de la subvención y gastos de inserciones publicitarias. No serán subvencionables las reimpresiones de material ya existente, ni el material promocional dirigido al consumidor final. 
  • LINEA WEB. Diseño y realización de paginas Web y portales de comercio electrónico, para la presentación de la empresa y de sus productos o servicios, justificando necesariamente su destino para acciones de promoción internacional.

    Gastos subvencionables: Gastos externos de consultoría para el diseño y programación de la página Web o portal de comercio electrónico. 

Se deberá tener en cuenta lo establecido en el articulo 31, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, sobre gastos subvencionables, relativo a la presentación de tres ofertas, cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 12.000 euros en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios o asistencia técnica, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente numero de entidades que lo suministren o lo presten.

La elección entre las ofertas presentadas se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa, en cuyo caso deberán aportar un escrito justificándolo de forma adecuada o de ser posible acreditando debidamente dicha circunstancia. No se admitirá como gasto subvencionable, aquel cuya presentación no cumpla lo establecido en este apartado. No se exigirá el cumplimiento de este requisito, en relación con aquellos gastos que hubieran sido realizados y facturados, con anterioridad a la solicitud de la subvención .

El beneficiario deberá dar la adecuada publicidad del carácter público, de la financiación de la actividad, mediante carteles, placas, vallas, folletos, publicidad en prensa, radio, televisión e Internet, o cualquier publicación en soporte papel o digital, material promocional, etc., debiendo indicar el apoyo recibido por el Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias, así como del FEDER en las líneas en que cuentan con esta cofinanciación.

Cuantía de la subvención

Hasta el 50% de los importes considerados subvencionables, sin que en ningún caso, las subvenciones obtenidas superen los límites máximos de ayuda establecidos en las presentes bases. De forma excepcional, las subvenciones podrán ser superiores al 50% del importe subvencionable, sólo cuando este porcentaje tenga como finalidad equiparar las condiciones de participación para las empresas asturianas en misiones organizadas por Cámaras de Comercio, Industria y Navegación de otras Comunidades Autónomas.

Estas ayudas están acogidas al régimen de minimis, establecido en el Reglamento de la CE Nº 1998/2006, de la Comisión de 15 de diciembre de 2006 (DOCE de 28 de diciembre de 2006); en virtud del cual la ayuda total de minimis, concedida a una empresa determinada no será superior a 200.000 euros, durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales.

Arriba 04. Beneficiarios

Podrán acogerse a las ayudas establecidas en las presentes bases las pequeñas y medianas empresas industriales, de servicios de apoyo industrial y de comercio al por mayor, con centro de trabajo radicado en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, que cuenten con uno o más trabajadores por cuenta ajena, y cuyos IAEs empresariales estén señalados como sectores subvencionables en el Anexo II de la Resolución de 23 de junio de 2009, modificada por la Resolución de 2 de marzo de 2010.

Asimismo, podrán ser beneficiarios para la línea de ayudas Ferias, los Centros de Innovación y Tecnología del Principado de Asturias acogidos al RD 2609/1996, de 20 de diciembre.

Para la definición de una empresa como pequeña y mediana, se estará a lo dispuesto en la Recomendación de las Comunidades Europeas (2003/361/CE), de fecha 6 de mayo de 2003. Para su consulta, el texto de la citada la Recomendación de las Comunidades Europeas (2003/361/CE), de fecha 6 de mayo de 2003, (DOCE nº L 124 de 20/5/2003), se expone en Internet en la dirección, http://www.idepa.es.

No podrán obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones reguladas en las presentes bases aquellas empresas en quienes concurra alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13, apartado 2, de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Arriba 05. Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes, en el presente ejercicio 2010, será desde el día natural siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL del Principado de Asturias de la convocatoria de ayudas:

  • Para las solicitudes a la LÍNEA CONSULTORÍA, LÍNEA CATÁLOGOS y LÍNEA WEB, hasta el 15 de septiembre de 2010, incluido.
  • Para las solicitudes a la LÍNEA FERIAS y LÍNEA VIAPROS, mensualmente hasta el 31 de octubre de 2010, incluido.
Arriba 06. Información y tramitación

Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias.
Parque Tecnológico de Asturias
33420 Llanera
Tel.: 902 83 02 83 
Solicitud de Información

ArribaLegislación
  • CONVOCATORIA 2010
  • Resolución de 23 de junio de 2009, de la Consejería de Industria y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones dirigidas a la promoción internacional de las empresas y centros de innovación y tecnología del Principado de Asturias.
  • Resolución de 2 de marzo de 2010, de la Consejería de Industria y Empleo, por la que se modifica la Resolución de 23 de junio de 2009, de la Consejería de Industria y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones dirigidas a la promoción internacional de las empresas y centros de innovación y tecnología del Principado de Asturias (BOPA número 55 de fecha 08/03/2010).
  • Resolución de 8 de marzo de 2010, del Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias, por la que se convocan subvenciones dirigidas a la promoción internacional de las empresas y centros de innovación y tecnología de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias (BOPA número 59 de fecha 12/03/2010).
  • Resolución de 29 de abril de 2010, del Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias, por la que se resuelve el primer plazo (marzo) de la convocatoria de ayudas a la promoción internacional de empresas y centros de innovación y tecnología de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, para la Línea Viapros y Línea Ferias, aprobada por resolución de 8 de marzo de 2010 (BOPA número 110 de fecha 14/05/2010).
  • Resolución de 21 de mayo de 2010, del Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias, por la que se resuelve el segundo plazo (abril) de la convocatoria 2010 de ayudas a la promoción internacional de las empresas y centros de innovación y tecnología de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, para la Línea Viapros y Línea Ferias, aprobada por resolución de 8 de marzo de 2010 (BOPA número 137 de fecha 15/06/2010).
  • Resolución de 28 de junio de 2010, del Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias, por la que se resuelve el tercer plazo (mayo) de la convocatoria 2010 de ayudas a la promoción internacional de las empresas y centros de innovación y tecnología de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, para la Línea Viapros y Línea Ferias, aprobada por Resolución de 8 de marzo de 2010 (BOPA número 161 de 13.07.2010).
  • Resolución de 30 de julio de 2010, del Presidente del Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias, por la que se resuelve el cuarto plazo (junio) de la convocatoria 2010 de ayudas a la promoción internacional de las empresas y centros de innovación y tecnología de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, para la Línea VIAPROS y Línea FERIAS, aprobada por Resolución de 8 de marzo de 2010 (BOPA número 189 de fecha 14/08/2010).
  • CONVOCATORIAS ANTERIORES:
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