Ayuda no IDEPA - Programa ICEX-NEXT de iniciación y consolidación de la exportación
Datos actualizados el 04/12/2023
Programa ICEX-NEXT de iniciación y consolidación de la exportación
Finalidad
Introducir y consolidar la cultura exportadora en la PYME española para que ésta pase a formar parte de su estrategia empresarial.
Modalidad
-
Asesoramiento.
-
Subvención.
Conceptos Subvencionables
Los conceptos de gasto subvencionables se clasifican en dos bloques:
- Bloque 1: Asesoramiento personalizado ICEX Next.
Se concede una bolsa total de 30 horas de asesoramiento personalizado a las empresas en materia de internacionalización prestado por consultores expertos en distintos ámbitos de internacionalización y competitividad exterior, previamente homologados por el programa.
- Bloque 2: Gastos de prospección y promoción internacional, gastos de desarrollo de la red comercial exterior, gastos de contratación de personal del departamento internacional.
Cuantía
El límite máximo de la subvención por beneficiario para esta convocatoria es de 24.000 euros correspondiente al 60% de cofinanciación de los conceptos subvencionables. Por tanto, la empresa podrá presentar hasta un máximo de 40.000 euros de gasto realizado al que se aplicará el 60% para determinar la subvención de ICEX.
Importe Total del Gasto | Financiación ICEX (60%) | Financiación Empresa (40%) | |
---|---|---|---|
Bloque 1 | 2.700 € | 1.620 € | 1.080 € |
Bloque 2 | 37.300 € | 22.380 € | 14.920 € |
Total Máximo | 40.000 € | 24.000 € | 16.000 € |
Estas ayudas están acogidas al régimen de mínimis, establecido en el Reglamento (UE) n. º 1407/2013 de la Comisión de, 18 de diciembre de 2013, en virtud del cual la ayuda total de mínimis concedida a una única empresa determinada no será superior a 200.000 €, durante cualquier período de tres ejercicios fiscales, o superior a 100.000 € si se trata de una única empresa que realice por cuenta ajena operaciones de transporte de mercancías por carretera.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las empresas españolas con potencial exportador que deseen iniciar, consolidar o reorientar su estrategia internacional y que reúnan los siguientes requisitos:
a) Ser pequeña y mediana empresa. Se excluyen Asociaciones y Fundaciones.
b) Tener producto o servicio propio que pueda ser comercializable internacionalmente y contar con marca propia. En caso de empresas de servicios, éstos deberán prestarse en el exterior.
c) No ser filial comercial o productiva de empresa extranjera.
d) Contar con una facturación superior a 300.000 euros, eliminándose este requisito para las startups de base tecnológica de reciente creación que ya cuenten con producto o servicio comercializado, dadas las especiales características de su crecimiento en cuanto a la rapidez exigida de acceso al mercado.
e) Las empresas podrán acceder al programa independientemente del porcentaje que suponga la cifra de ventas internacionales sobre la facturación total, dando especial foco, en esta convocatoria, en las empresas que consoliden o reorienten su posición exterior y en la voluntad de incluir a aquellas empresas que por las características de su modelo de negocio deben ser globales desde su inicio.
f) Contar con medios personales y materiales mínimos para abordar su crecimiento internacional, en particular contar con una persona responsable del proyecto internacional y una web propia.
g) No haber participado en programas de Iniciación de ICEX, esto es, los programas PIPE o ICEX Next.
Teniendo en cuenta la coyuntura actual relacionada con el Brexit, las empresas que hayan participado en estos programas con anterioridad al 1 de enero de 2015 cuya cifra de ventas en Reino Unido sea superior a 300.000 euros y/o, el porcentaje de sus ventas en Reino Unido sobre el total de sus ventasinternacionales sea superior al 30% podrán ser beneficiarias del programa.
h) No tener impagos con ICEX.
i) Cumplir los requisitos exigidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. De igual forma, no podrán resultar beneficiarias aquellas pequeñas y medianas empresas en las que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Plazo de presentación
Dentro de esta convocatoria se realizarán tres procedimientos de selección sucesivos que se publicarán en la web de ICEX www.icex.es y en la web de ICEX Next www.icexnext.es, según el siguiente calendario de periodos de presentación de solicitudes.
- Procedimiento 1 – Del 11 al 31 de mayo de 2023
- Procedimiento 2 – Del 1 al 20 de septiembre de 2023
- Procedimiento 3 – Del 28 de noviembre al 20 de diciembre de 2023
Convocatoria 2023
Noticias
- El Gobierno de Asturias potencia la innovación empresarial con más de 6,6 millones para el desarrollo de 125 proyectos de I+D+i (08/01/2024)
- Las empresas TSK, Aleastur y Capsa logran los Premios Empresariales del Principado de Asturias en la edición de 2023 (13/09/2023)
- 193 empresas se benefician de las primeras ayudas Asturias S3 2021-2027 (04/09/2023)
- Asignados 732.489 euros en subvenciones a diez empresas de base tecnológica (28/08/2023)
Uso de cookies
Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros. Las cookies utilizadas tienen como finalidad medir la actividad, usos y accesos al contenido web, así como recordar las opciones seleccionadas por la persona usuaria. Algunas de las cookies utilizadas son necesarias para que el sitio web funcione correctamente.
Puede aceptar todas las cookies o configurarlas a través de los botones PERMITIR TODAS LAS COOKIES o PERSONALIZAR.
Puede consultar más información en nuestra política de cookies.
Configuración de cookies
Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros. Las cookies utilizadas tienen como finalidad medir la actividad, usos y accesos al contenido web, así como recordar las opciones seleccionadas por la persona usuaria. Algunas de las cookies utilizadas son necesarias para que el sitio web funcione correctamente.
Puede consultar más información en nuestra política de cookies.
Se utilizan para el control de aparición y aceptación del propio aviso de gestión de cookies. Imprescindibles para el funcionamiento de la página web. No se pueden desactivar.
Nombre | Duración | Tipología | Descripción |
---|---|---|---|
COOKIE_SUPPORT | 1 año | Técnica | Esta cookie determina si el navegador acepta cookies. |
JSESSIONID | Sesión | Técnica | Conserva los estados de los usuarios en todas las peticiones de la página. |
GUEST_LANGUAGE_ID | 1 año | Técnica | Determina el idioma preferido por el visitante. Permite a la web establecer el idioma preferido en el reingreso del visitante. |
LFR_SESSION_STATE | Sesión | Técnica | Conserva los estados de los usuarios en todas las peticiones de la página. |
LFR_COOKIES_ACCEPT | 1 año | Técnica | Guarda el estado de la aprobación de las cookies necesarias. |
Estas cookies se utilizan para recoger información sobre el uso de nuestro sitio web por parte de los visitantes. Utilizamos la información para elaborar informes y para mejorar el sitio. Se asocian únicamente a un usuario anónimo y a su ordenador/dispositivo sin proporcionar referencias que permitan conocer datos personales. Recogen el número de visitantes al sitio, el tiempo que duran las visitas, el navegador, el tipo de terminal, el lugar de procedencia de los visitantes y las páginas visitadas.
Nombre | Duración | Tipología | Proveedor | Descripción |
---|---|---|---|---|
_ga | 2 años | Análisis | Google Analytics | Registra una identificación única que se utiliza para generar datos estadísticos acerca de cómo utiliza el visitante el sitio web. |
_gat | 1 día | Análisis | Google Analytics | Utilizado por Google Analytics para controlar la tasa de peticiones |
_gid | 1 día | Análisis | Google Analytics | Registra una identificación única que se utiliza para generar datos estadísticos acerca de cómo utiliza el visitante el sitio web. |